El 30 de diciembre del año 2016 se aprobó la Ley de Protección y Atención a los Sujetos Migrantes y sus Familias para el Estado de Tlaxcala derogando la anterior Ley, sin embargo pese a que supuestamente entraría en vigor en el año 2018, no será así debido a un transitorio que condiciona su vigencia a una opinión de la Secretaria de Planeación y Finanzas que declare financieramente viable la creación y funcionamiento del Instituto Tlaxcalteca de Atención a los Sujetos Migrantes y sus Familias.
Lo anterior significa que al no existir esa opinión de la Secretaria de Finanzas, a partir del 1 de enero de 2018 Tlaxcala dejará de contar con una Ley de Atención a los migrantes, además de generar incertidumbre jurídica de todas y cada una de las acciones que realiza la aun existente Dirección de Atención a Migrantes; no cabe duda que es un duro golpe a este sector de la población en la defensa y salvaguarda de sus derechos humanos.
En su Primer Informe de Gobierno, Marco Antonio Mena manifestó que “La migración implica retos para el actuar del gobierno y la sociedad en su conjunto.” Igualmente que “El Gobierno del Estado a través de la Dirección de Atención a Migrantes ha realizado el trámite de la repatriación de restos humanos de 18 tlaxcaltecas de un total de 15 municipios, así como la localización de 7 ciudadanos, todos ellos de la zona poniente del estado.
A su vez, la Dirección de Atención a Migrantes ha canalizado a 126 ciudadanos tlaxcaltecas repatriados para ser atendidos a distintos organismos de ámbito federal o estatal. Hasta el momento se han atendido a 759 tlaxcaltecas de los cuales 309 son mujeres y 450 son hombres en la Dirección de Atención a Migrantes, y se ha proporcionado asesoría y atención legal a 5 personas centroamericanas provenientes de los países de Nicaragua, Honduras, Ecuador y Perú, garantizando así su derecho al libre tránsito así como la gestión de 35 apoyos para autoempleo.”
Ahora nos preguntamos ¿Quién realizará estas acciones en beneficio de los migrantes a partir de que en Tlaxcala no exista un ordenamiento legal en la materia? La atención a las personas migrantes toma gran relevancia ante el endurecimiento de políticas migratorias principalmente en Estados Unidos de América, que afectan directamente a nuestros connacionales.
Remarcamos que ninguna ley debe estar condicionada a la opinión del poder ejecutivo, ya que de ser así se violentaría el principio de separación de poderes y certeza jurídica, ya que el único facultado para reformar, abrogar, derogar y adicionar las leyes o decretos es el Congreso del Estado de Tlaxcala no el Ejecutivo, tal y como se establece en el artículo 54 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala.