• Dulce Mastranzo
La migración que ocurre en el territorio nacional es un fenómeno económico que tradicionalmente ha respondido a la combinación de factores estructurales, tales como las profundas disparidades económicas y salariales entre otras causas. Desde hace años, el incremento del retorno de los migrantes mexicanos (tanto por la vía del retorno forzado como el derivado de las dificultades como el desempleo y los bajos salarios) se ha vuelto uno de los fenómenos que más han llamado la atención del Estado.

 

El 30 de diciembre del año 2016 se aprobó la Ley de Protección y Atención a los Sujetos Migrantes y sus Familias para el Estado de Tlaxcala derogando la anterior Ley, sin embargo pese a que supuestamente entraría en vigor en el año 2018, no será así debido a un transitorio que condiciona su vigencia a una opinión de la Secretaria de Planeación y Finanzas que declare financieramente viable la creación y funcionamiento del Instituto Tlaxcalteca de Atención a los Sujetos Migrantes y sus Familias.

Lo anterior significa que al no existir esa opinión de la Secretaria de Finanzas, a partir del 1 de enero de 2018 Tlaxcala dejará de contar con una Ley de Atención a los migrantes, además de generar incertidumbre jurídica de todas y cada una de las acciones que realiza la aun existente Dirección de Atención a Migrantes; no cabe duda que es un duro golpe a este sector de la población en la defensa y salvaguarda de sus derechos humanos. 

En su Primer Informe de Gobierno, Marco Antonio Mena manifestó que “La migración implica retos para el actuar del gobierno y la sociedad en su conjunto.” Igualmente que “El Gobierno del Estado a través de la Dirección de Atención a Migrantes ha realizado el trámite de la repatriación de restos humanos de 18 tlaxcaltecas de un total de 15 municipios, así como la localización de 7 ciudadanos, todos ellos de la zona poniente del estado. 

A su vez, la Dirección de Atención a Migrantes ha canalizado a 126 ciudadanos tlaxcaltecas repatriados para ser atendidos a distintos organismos de ámbito federal o estatal. Hasta el momento se han atendido a 759 tlaxcaltecas de los cuales 309 son mujeres y 450 son hombres en la Dirección de Atención a Migrantes, y se ha proporcionado asesoría y atención legal a 5 personas centroamericanas provenientes de los países de Nicaragua, Honduras, Ecuador y Perú, garantizando así su derecho al libre tránsito así como la gestión de 35 apoyos para autoempleo.”

Ahora nos preguntamos ¿Quién realizará estas acciones en beneficio de los migrantes a partir de que en Tlaxcala no exista un ordenamiento legal en la materia? La atención a las personas migrantes toma gran relevancia ante el endurecimiento de políticas migratorias principalmente en Estados Unidos de América, que afectan directamente a nuestros connacionales.

Remarcamos que ninguna ley debe estar condicionada a la opinión del poder ejecutivo, ya que de ser así se violentaría el principio de separación de poderes y certeza jurídica, ya que el único facultado para reformar, abrogar, derogar y adicionar las leyes o decretos es el Congreso del Estado de Tlaxcala no el Ejecutivo, tal y como se establece en el artículo 54 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala.