• Tlaxcala
El presente decreto entrará en vigor a partir del día 1 de septiembre del año 2021

Luego de que el pasado martes el Pleno del Congreso del Estado, por mayoría de votos decidió regresarle el voto a los Presidentes de Comunidad en los cabildos mediante una reforma a la Ley Municipal, y donde además se especificó que el dictamen aprobado contemplaba que la vigencia entraba a partir del día siguiente a la publicación en el Periódico Oficial (PO) del gobierno estatal.

Las condiciones cambian este jueves, pues los Legisladores retomaron en sesión el tema y  realizaron modificaciones al artículo primero transitorio del decreto aprobado el pasado 14 de agosto, para aplazar hasta septiembre de 2021 la restitución del voto a los presidentes de comunidad en los cabildos.

 Fue el diputado Agustín Nava Huerta, quien dio lectura a la iniciativa con carácter de dictamen con proyecto de decreto, a través del cual se modifica el artículo primero transitorio del dictamen aprobado. 

El argumento fue que no es pertinente que las modificaciones a diversos artículos de la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala entrenen en vigor después de su pública en el Periódico Oficial del estado porque se vulnera el principio de retroactividad de la ley que se establece en el artículo 14 de la Constitución Política de México,  además de que los diputados estimaron que si el derecho a votar se hace extensivo a los presidentes de comunidad en funciones se podría generar una situación de inestabilidad política en los cabildos.

Por ello se modificó y quedó de la siguiente manera: “el presente decreto entrará en vigor a partir del día 1 de septiembre del año 2021, debiéndose publicar en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala”.