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  • Adolfo Tenahua Ramos
Los municipios elaborarán su Plan Municipal de Desarrollo con una perspectiva de género.

Este martes los integrantes del Pleno del Congreso del Estado aprobaron una serie de reformas y adiciones a la Ley Municipal a fin de establecer nuevos plazos para la entrega de los Planes Municipales de Desarrollo.  

Los integrantes de la LXIV Legislatura local también establecieron nuevas características que deberán contener los planes, además de que podrán ser entregados después de 40 días posteriores a la publicación del Plan Estatal de Desarrollo (PED).  

“De tal manera que los ayuntamientos planearán sus actividades en el Plan Municipal de Desarrollo, que se elaborará, aprobará y publicará en un plazo no mayor a cuarenta días naturales posteriores a la publicación del Plan Estatal de Desarrollo, cuando el inicio del periodo constitucional del Ejecutivo Estatal y la instalación de los ayuntamientos, sea concurrente. El Plan Municipal de Desarrollo será elaborado, aprobado y publicado en un plazo no mayor a cuatro meses a partir de la instalación del Ayuntamiento correspondiente, cuando dicha instalación dimane de un proceso electoral intermedio respecto al periodo constitucional del Ejecutivo Estatal”. 

Además, deberán los municipios elaborar su Plan de Desarrollo Municipal con una perspectiva de género, con una visión sustentable entre el desarrollo económico у el medio ambiente, con acciones de inclusión hacia las personas con discapacidad, grupos indígenas, adultos mayores y aquellos grupos sociales que ameritan acciones específicas de atención. Deberá contar con objetivos claros en materia de salud, seguridad pública, desarrollo social, promoción cultural, proyección turística, desarrollo educativo, acciones ambientales, desarrollo urbano, inversión pública, infraestructura municipal, obra pública y toda aquella área, materia, actividad, acción o tema que se justifique para el desarrollo municipal.