• Rodolfo Moreno Cruz
Las cárceles son las instituciones más polémicas en la historia de México.

 

Twitter: @rodolfomoreno_o

Algunos partidarios proclaman que son necesarias; otros insisten en que solo son instrumentos de un estado represor.  Realmente, se conocía poco de su funcionamiento y sus descripciones se limitaban a ser narraciones de fantasías. Por ello, con la publicación de la Ley General de Ejecución Penal se buscó dotar de objetividad a la evaluación y funcionamiento de las cárceles en México, así como la opción de reducir la población de internos con base en medidas alternativas.  Esta misma ley ordenó el levantamiento de la Encuesta Nacional de población privada de la libertad (ENPOL) [1]. Ahí aparece un dato escondido pero revelador: el perfil de las personas privadas de su libertad en México.

El ENPOL 2016 afirma que el interno mayoritario posee el siguiente perfil: es un varón entre 18 y 39 años de edad, fue formado y educado en una familia tradicional (hogar biparental), está casado o posee pareja;   tiene hijos, cuenta solo con estudios de educación básica y mayoritariamente se dedica a las actividades artesanales, agrícolas o bien es operador de maquinaria industrial.

Ahora bien, si comparamos este perfil con los delitos que más dañan a los mexicanos hay una línea que se pierde. Tome nota el lector de este perfil y haga las siguientes reflexiones: los delitos que más afectan a los mexicanos [2]  y que generan mayor impunidad[3] en México son los de corrupción, narcotráfico, secuestro, extorsión, homicidio doloso, entre otros. Pero estos delitos no corresponden al perfil descrito. Para ser más concreto, veamos un sólo ejemplo. En el caso de corrupción lo comete una persona que cuando menos supera la educación básica y se dedica a la función o servicio público. Con ello, ya no encuadra en el perfil. Y el mismo ejercicio se puede hacer para el caso de los otros delitos. Esto nos lleva a preguntas muy concreta: ¿entonces quienes están en la cárcel? Y ¿Quiénes deberían estar?

Sin duda, la cárcel como medida de sanción o de readaptación es una medida racional. Lo que no resulta racional es que esa medida se apliqué a personas diferentes a las que debería ir destinado. Es como inyectar una medicina de cáncer a una persona que tiene hepatitis. El sistema carcelario en México evidencia una discriminación injusta. Históricamente se ha tratado de justificar como una realidad sociológica en lugar de un acontecimiento histórico de discriminación.  Esto no lo dice el ENPOL, pues hay que hacer una lectura interpretativa de sus datos. Por ello, aunque es una herramienta útil, resulta incompleta. Hay muchas preguntas que deja sin contestar. Por ejemplo: ¿Cuántas personas con discapacidad? ¿Cuántas personas de la comunidad LGBT? ¿Cuánto gasta en defensa un procesado? ¿Y el perfil de los autores intelectuales? Y así la lista es extensa. Es decir, requiere de más pistas reveladoras. Bajo esta óptica el ENPOL no sólo será una herramienta de consulta sino también una guía para la mejor toma de decisiones con respecto a las medidas carcelarias.

 

* Especialista en derechos humanos. Es licenciado en derecho y cuenta con estudios de posgrado por la Universidad Carlos III de Madrid. Ha sido asesor de políticas públicas en gobiernos municipales y legislaturas estatales. Cuenta con obra publicada en materia de derechos humanos y argumentación jurídica.

[1] Cfr. http://www.beta.inegi.org.mx/proyectos/encotras/enpol/2016/

[2] Cfr. Incidencia de los delitos de alto impaacto en México. Observatorio Nacional Ciudadano, 2016. Alojado en: http://onc.org.mx/2017/06/29/incidencia-de-los-delitos-de-alto-impacto-en-mexico/

[3] Cfr. Indice Global de Impunidad en México editado por el Centro de Estudios e impunidad en México, la Universidad de las Américas Puebla, Consejo Ciudadano de Seguridad Justicia. Alojado en https://www.udlap.mx/igimex/assets/files/igimex2016_ESP.pdf