• Rodolfo Moreno Cruz
Dafne McPherson Veloz es una ciudadana de Querétaro que vive un proceso judicial penal.

@rodolfomoreno_o

El 17 de febrero del año 2015 ella vivió un alumbramiento inesperado (no se sabe si forzado o biológico). El producto murió. De ahí todo lo demás es confuso y contradictorio. Los argumentos de ambas partes parecen irreales si se comparan de extremo a extremo.  Ella argumenta que no sabía del embarazo y que el suceso fue un aborto involuntario. La fiscalía de Querétaro contrargumentó que ella fue responsable de un homicidio calificado. Hasta el momento ella lleva más de un año en prisión y ha sido sentenciada a más de 10 años de prisión. La sociedad mexicano tuvo conocimiento y surgieron los reclamos. La razón es sencilla: significa el grito de la ciudadanía de una queja reprimida desde hacía mucho tiempo.

El caso “Dafne” se une como una imagen más a un óleo surrealista. Pintura que está compuesta de lamentos e inconformidades de la sociedad civil mexicana en contra de su sistema de justicia. La sección inferior del cuadro se ha dejado vacía. No hay fuente de luz y predomina la oscuridad. En el centro, está por un lado uno de los “Porkys” con uno de los amparos concedidos. También está Jacinta Francisco Marcial (la mujer indígena presa ilegalmente). Más arriba, en un pequeño espacio a la izquierda, descuella la imagen de Florence Cassez señalada por la mano acusadora de Cristina Ríos Valladares.  En seguida y del lado derecho, aparece Silva Vargas. Del otro lado, están los camaleones. Más arriba parecen no cientos, sino miles de mexicanos y mexicanas de diversas clases sociales que han sido “tocadas” por la justicia mexicana.  Ahí están no sólo los que han sido liberados con un alto grado de probabilidad de su culpabilidad, sino lo que es peor, también están los que han sido procesados durante años o sentenciados siendo inocentes.

En todos los casos que la justicia mexicana ha tenido errores, las instituciones suelen culparse mutuamente. Y parece que no se aprende el pasado. Se incurre de forma permanente en errores ya detectados. En el caso particular de la justicia impartida para las mujeres ésta, de forma permanente, ha estado caracterizada por violaciones sustanciales y procesales a derechos humanos. Y es fundada la sospecha que en este caso la situación sea igual. Efectivamente, en materia de justicia mexicana los estereotipos culturales siguen viciando los procedimientos seguidos en contra de las mujeres. Por ello, las fiscalías y los tribunales deben auxiliarse del concepto de categoría sospechosas para reforzar la atención; y evitar con ello la violencia y discriminación, tal como lo dispone la Convención Interamericana para prevenir,  sancionar y erradicar la violencia contra la mujer  "Convención de Delem do Para" en su artículo 6 cuando prescribe que “ El derecho de toda mujer a una vida libre de violencia incluye, entre otros: a. el derecho de la mujer a ser libre de toda forma de discriminación, y b. el derecho de la mujer a ser valorada y educada libre de patrones estereotipados de comportamiento y prácticas sociales y culturales basadas en conceptos de inferioridad o subordinación.

En el caso particular no es un tema de invocar la inocencia o la culpabilidad de Dafne. Eso se define en un proceso imparcial y razonable. Tampoco se trata de crear impunidad cuando haya actos delictivos. Lo que si se pide es exigir un proceso libre de estereotipos y violencia institucional. Si el proceso está viciado, la inocencia o culpabilidad de la procesada está en entredicho.  La clave entonces no está en las pruebas de inocencia o culpabilidad de Dafne. Está en revisar si los estereotipos influyeron en el proceso. Si es así, entonces por disposición de tratados internacionales, Dafne debería ser puesta en libertad de forma inmediata.