- Quilehtla
En sesión pública celebrada este 10 de noviembre en la Sala Regional Ciudad de México (SRCDM) del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), la magistrada María G. Silva y los magistrados José Luis Ceballos Daza y Luis Enrique Rivero Carrera desecharon por unanimidad de votos la impugnación promovida por autoridades municipales de Santa Cruz Quilhetla en contra de la resolución emitida por el Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET).
En la revisión del juicio de revisión constitucional promovido por quienes se ostentaron como titulares de la presidencia municipal, la sindicatura y la tesorería del ayuntamiento de Santa Cruz Quilhetla, en contra de la resolución del TET que declaró fundada la omisión de pago por el concepto de gratificación de fin de año 2020 y la proporcional de 2021 reclamada a favor de las personas beneficiarias de la parte actora local, fue desechada, al actualizarse la causal de improcedencia de dicha impugnación.
Conforme a lo establecido en los artículos 9 y 10 de la Ley General de Medios de Impugnación en materia electoral, consistente en la falta de legitimación activa para promover el medio de impugnación, la SRCDMX no contaba con la facultad para revocar la resolución dictada por el TET, pues aun cuando los promoventes han formado parte de una relación jurídico procesal como parte responsable, estos funcionarios público no sufrían un perjuicio individual.
Ante la resolución del TET que vinculó a las autoridades responsables a garantizar el pago de las prestaciones demandadas, no se les generó una afectación a su patrimonio personal y tampoco se advirtió que los funcionarios municipales que recurrieron al TEPJF, resientan alguna afectación en su esfera individual.