• Sergio Flores Pérez
Espacio Jurídico

No cabe duda que el Poder Judicial del Estado de Tlaxcala enfrenta una verdadera transformación normativa en los próximos años, que involucra factores mucho más amplios y técnicos que la propia manera en que serán elegidos los futuros impartidores de justicia; lo anterior, al son del novedoso Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de junio de 2023, pues en su transitorio segundo, se formaliza la obligación que recae en el Poder Judicial de solicitar al Congreso del Estado, emita la declaratoria de inicio de funciones del citado Código, sin que el plazo pueda exceder del 1° de abril del 2027.

El Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, involucra, entre otros aspectos, una transición de los procedimientos escritos, hacia un sistema basado en oralidad y audiencias en las materias civil y familiar, esto representa un cambio de paradigma emblemático en el sistema de impartición de justicia a nivel nacional, pero especialmente, significa un reto en nuestra entidad, pues contrario a otros estados, en el de Tlaxcala no se encuentra instrumentado normativamente un procedimiento equiparable en las materias aludidas, y por tanto, las acciones a implementar, no bastan con una simple remodelación estructural de recursos humanos y materiales, sino que significan una edificación sistemática desde los cimientos.

La transformación adjetiva que deriva del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, busca generar procedimientos ágiles, eficaces y eficientes, que mejoren la transparencia y la equidad en la administración de justicia, pero su implementación plantea desafíos importantes que deben ser cuidadosamente considerados para garantizar su éxito y funcionamiento sin dilaciones.

En primer lugar, es crucial asegurar que los actores del sistema judicial, incluidos jueces, abogados postulantes, personal jurisdiccional y administrativo, reciban una formación adecuada.

La oralidad requiere una habilidad distinta a la de los procedimientos escritos, puesto que se necesita que los participantes sean capaces de argumentar jurídicamente de manera inmediata, clara, concreta, efectiva y eficiente, dentro de las audiencias orales; capacitación que debe ser integral, en el sentido que debe abarcar no solo a los operadores jurídicos y litigantes, sino que también, debe concretarse en nuevos profesionistas que se tornan relevantes en el procedimiento a implementarse, como lo son los conciliadores, representantes sociales e ingenieros en sistemas y TIC´s.

Además, la infraestructura de los tribunales debe adaptarse a las nuevas demandas que incluye la instalación de equipos tecnológicos para grabar audiencias y asegurar que la información sea accesible en tiempo real, así como el diseño de las salas de audiencias, que facilite la comunicación abierta y directa entre el juez, las partes y sus abogados. La inversión en tecnología, en ciberseguridad y la renovación de las instalaciones es esencial para que el nuevo sistema surja como un verdadero cambio en beneficio de los justiciables. 

Otro aspecto a considerar, es el impacto en el acceso a la justicia para las partes involucradas. La oralidad civil y familiar, al buscar una mayor expeditez, puede ser ventajosa para quienes cuentan recursos y conocimiento legal, pero puede ser un reto para las personas con menor acceso a estos recursos o en estado de vulnerabilidad. 

Por ello, deben realizarse modificaciones estructurales desde el Ejecutivo Estatal, para mejorar y garantizar mecanismos de apoyo, como asistencia legal gratuita especializada, para asegurar que todas las personas puedan beneficiarse de esta reforma, independientemente de su situación económica o social.

De igual manera, es necesario fomentar en los funcionarios judiciales, la vocación del servicio público, la especialización constante y enfocada en alguna materia específica, así como el trato directo, empático y humano hacia los justiciables, mientras que por cuanto hace a los abogados postulantes y población en general, es de relevancia generar campañas de concientización en cuanto a la resolución pacífica de controversias, a través de la justicia alternativa. Todo ello, es toral para evitar un colapso prematuro del nuevo sistema de justicia civil y familiar; pues si bien, ya existen antecedentes equiparables en materia penal, laboral y mercantil, la cantidad de juicios que se inician anualmente en materia civil y familiar, no tiene punto de comparación. 

Sin que lo anteriormente nombrado sea más que la punta del iceberg en cuanto a las consideraciones a prever, debe concluirse que el éxito de la reforma en cita, depende de una preparación exhaustiva y de una adaptación cuidadosa de todos los elementos técnicos y logísticos involucrados, situación que en la actualidad, aún se encuentra en manos de los integrantes de los plenos del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Estado, sin que pase desapercibido, que el papel del Ejecutivo estatal y los diputados integrantes del Honorable Congreso del Estado de Tlaxcala, será crucial para la puesta en funcionamiento oportuna, integral y funcional del sistema, pues el esfuerzo interinstitucional, principalmente en cuestiones presupuestales, resulta vital. 

De su parte, en el Poder Judicial del Estado de Tlaxcala, se han arrancado con entusiasmo y esmero, las actividades para la implementación del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, con la celebración de mesas de análisis y debate interno entre los funcionarios judiciales que laboran en Juzgados y Ponencias especializadas en dichas materias, así como la realización de un diplomado alusivo, todo ello, en torno a que, al emitirse la declaratoria de inicio de funciones, se cuente con operadores judiciales capacitados para continuar atendiendo y brindando justicia a la sociedad tlaxcalteca.

 

Mtro. Sergio Flores Pérez
Juez Primero de lo Civil del Distrito Judicial de Cuauhtémoc