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El Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) aprobó un acuerdo derivado de la resolución INE/CG985/2025 a través del cual sancionó a ocho candidatos a jueces en el Estado de Tlaxcala con la cancelación de su registro, entre ellos, a Jesús Ruiz Ramírez quien ganó la elección del pasado primero de junio como Juez materia Penal Especializado en Justicia para Adolescentes del Distrito Judicial Sánchez Piedras.
El motivo de la cancelación de su registro como candidato, se derivó del incumplimiento en que incurrieron al no presentar su informe de gastos de campaña en los plazos establecidos, motivo por el cual, el ITE avaló el acuerdo correspondiente y procedió a la notificación correspondiente ante el Congreso del Estado para los efectos legales correspondientes.
Con base al acuerdo ITE CG 76/2025, fue en la sesión extraordinaria de fecha 28 de julio, donde el Consejo General del INE aprobó la resolución INE/CG985/2025, respecto de las irregularidades encontradas en el dictamen consolidado, derivado de la revisión de los informes únicos de gastos de campaña de las personas candidatas a juzgadoras, correspondientes al proceso electoral local extraordinario para renovar los cargos del Poder Judicial, Tribunal de Justicia Administrativa y Tribunal de Conciliación y Arbitraje en Tlaxcala.
La resolución fue notificada a este Instituto el pasado 6 de agosto y, entre otras cuestiones, impuso a 8 personas candidatas la sanción consistente en la cancelación de registro de candidaturas a diversos cargos.
De acuerdo con un pronunciamiento realizado por la Presidenta de la Comisión Especial del Proceso Electoral Local, la consejera Yedith Martínez Pinillo, el artículo 41 de la Constitución federal, establece que al INE le corresponde la fiscalización de los ingresos y egresos de los partidos políticos y personas candidatas, tanto en los procesos electorales federales como en los locales, es decir, la resolución referida es resultado del ejercicio dela facultad constitucional del INE de llevar a cabo la fiscalización en los procesos electorales.
Para ello, el INE aprobó lineamientos de fiscalización en los que se establece, entre otras cosas, como sanción la cancelación del registro de candidaturas, cuando la gravedad de la falta lo amerite y que las personas candidatas tienen la obligación de presentar sus informes únicos de gastos de campaña, en los términos y plazos establecidos por el INE.
Por lo tanto, como resultado de la fiscalización realizada en el proceso electoral local de personas juzgadoras, el INE resolvió sancionar con la cancelación del registro a 8 personas candidatas por la no presentación de su informe de gastos de campaña. De estas 8 personas, 2 no se encuentran asignadas a cargo alguno, 5 se encuentran en lista de personas sustitutas de diversos cargos y 1 de ellas se encuentra asignada al cargo de juez en materia penal especializado en justicia para adolescentes del Distrito Judicial de Sánchez Piedras, por lo que solo se aplicó lo previsto en la ley.
Su lugar será ocupado por quien quedó en segundo lugar de la votación, Ángel Grande Piedras.