- Tlaxcala
La Suprema Corte de Justicia de la Nación dejó sin efecto varios apartados de las leyes de ingresos 2025 de Calpulalpan, Hueyotlipan y Zacatelco, al resolver la acción de inconstitucionalidad 186/2024 presentada por la CNDH.
Durante la sesión, las ministras y ministros coincidieron en que los ayuntamientos incluyeron regulaciones que exceden sus facultades y redactaron infracciones sin la precisión necesaria para garantizar certeza a la ciudadanía.
Para Calpulalpan, Hueyotlipan y Zacatelco, el Pleno invalidó las sanciones dirigidas a quienes realicen “juegos de azar”, al subrayar que esta materia es competencia exclusiva del gobierno federal y no puede ser calificada ni sancionada por los municipios.
En el caso de Zacatelco, la Corte también anuló otras faltas administrativas por considerar que estaban redactadas con términos ambiguos, como “música estridente”, “lenguaje ofensivo”, “faltas a la moral” o “perturbar actos públicos”. La resolución señaló que ese tipo de conceptos abren la puerta a decisiones discrecionales por parte de la autoridad municipal y no cumplen con el estándar de claridad exigido por la Constitución.


