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Con la finalidad de garantizar el derecho de las personas al acceso de agua potable para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible, la legisladora María Angélica Zárate Flores, presentó la iniciativa para adicionar la fracción XIV al artículo 19 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala.
En la lectura de la iniciativa, Zárate Flores, subrayó que es fundamental que el acceso al agua sea un derecho humano protegido desde Constitución Política, en virtud de que es obligación del Estado proteger y velar por el derecho individual a tener acceso a los servicios básicos de agua potable, ya que ésta es indispensable para sobrevivir, por lo que dijo es necesaria una reforma legal como la que nos ocupa, para contribuir al reconocimiento expreso del derecho humano de acceso al agua potable como se ha hecho a nivel internacional.
Refirió, que una reforma en este sentido sirve para incorporar principios que, por lo novedosos, aún no aparecen claramente definidos en nuestro marco jurídico, tales como la determinación puntual y específica de las obligaciones tanto del Estado como de los particulares de marcar el campo de acción dentro del que se ha de fijar su responsabilidad respecto al cuidado del agua.
En este tenor, propuso incorporar dentro de nuestro marco jurídico las observaciones que el Comité sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas han hecho al respecto, al señalar el derecho humano al agua, como el derecho de todos a disponer de agua suficiente, salubre, aceptable, accesible y asequible para el uso personal y doméstico; además de armonizar nuestra Constitución Local con el texto del artículo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el que se garantiza este derecho.
La propuesta se remitió a la Comisión de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos, para su estudio, análisis y dictamen correspondiente.