- Elecciones
El Tribunal Electoral de Tlaxcala, por considerar que los promoventes carecían de interés jurídico, desechó las correspondientes demandas presentadas por candidatos no registrados a la Presidencia de Comunidad del Barrio de Cristo, municipio de San Pablo del Monte, Colonia San Isidro Chipila, municipio de Muñoz de Domingo Arenas y Nicolás Bravo, municipio de Terrenate, todos del estado de Tlaxcala, promovidas para que se les declarara ganadores en la elección respectiva; resoluciones impugnadas ante la Sala Regional Ciudad de México, que en sesión de esta fecha determinó revocar las resoluciones combatidas con la finalidad de que esa autoridad jurisdiccional local, independientemente de cual sea el resultado en la pretensión de los interesados, sustancie y resuelva de fondo los asuntos.
Se confirma la validez de las elecciones en diversas comunidades, ayuntamientos y diputaciones de Tlaxcala
La Sala Regional Ciudad de México confirmó las resoluciones dictadas por el Tribunal Electoral de Tlaxcala, que validaron las elecciones de Presidente Municipal de Xalostoc, Presidencia de Comunidad de la Sección Quinta del Municipio de Tlaxco, elección para integrantes del ayuntamiento de Sanctorum de Lázaro Cárdenas, por considerar que los argumentos vertidos por los inconformes no tenían la razón.
Por otra parte, respecto a los asuntos planteados por el Partido de la Revolución Democrática para combatir la validez de las elecciones de Presidente de Comunidad de San Buenaventura, municipio de Papalotla y las diputaciones locales por el VII Distrito Electoral, en los que se argumentó que en algunas casillas se entregaron en exceso boletas electorales, la Sala Regional consideró que ese simple hecho no era suficiente para acreditar que se hubiera vulnerado el principio de certeza en el proceso electoral, por lo que se confirmó la validación de las elecciones combatidas.
En esta Sesión Pública se resolvieron catorce Juicios para la Protección de los Derechos Políticos del Ciudadano, un Juicio Electoral, cinco juicios de revisión constitucional y dos Recursos de Apelación. De los veintidós asuntos resueltos ocho se confirmaron, cinco se revocaron, uno se sobreseyó en el juicio y ocho más se desecharon.