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El Pleno de la LX Legislatura local, avaló el dictamen emitido por las Comisiones de Puntos Constitucionales y de Protección Civil, por el que se reforman y adicionan diversos artículos transitorios del Código de Procedimientos Penales y de la Ley Orgánica de la Institución del Ministerio Público, ambos del estado de Tlaxcala, con la que se prevé la entrada en vigor de manera gradual del nuevo sistema de justicia penal, oral y adversarial.
En la lectura del dictamen el legislador Gelacio Montiel Fuentes precisó que la propuesta fue remitida a esta Soberanía para reformar y adicionar diversos artículos transitorios del Código de Procedimientos Penales, publicado el 30 de mayo del año 2012 en el Periódico Oficial del Gobierno del estado, por la que se establece la entrada en vigor del nuevo sistema de justicia penal de corte acusatorio y oral en el estado.
Se señaló que es evidente que el proceso de implementación en el estado muestra un progreso significativo en cuanto a la planeación y adecuación al marco normativo, sin embargo, resulta necesario avanzar de manera coordinada por parte de todos los operadores del sistema en lo que al resto de los ejes se refiere.
Por lo que se requiere reestructurar organizacionalmente a las instituciones encargadas de la procuración y administración de justicia, capacitar operadores del sistema de justicia penal, así como realizar la debida adecuación de la infraestructura física e institucional que se requiere.
Sin embargo, con la finalidad de que dicho proceso se lleve a cabo conforme a una debida planeación estratégica que permita entregar a la sociedad tlaxcalteca resultados óptimos, resulta necesario realizar las modificaciones legales pertinentes a la legislación secundaria, a fin de que la implementación se produzca de manera gradual.
Con la adecuación, se dijo, se establece que el día 31 de enero de 2014 se inicie en primer término en el distrito judicial de Guridi y Alcocer respecto de los delitos no graves, el 31 de enero de 2015 en el distrito judicial de Sánchez Piedras igualmente respecto de los delitos no graves, para que finalmente el 31 de enero de 2016 entre en funcionamiento el nuevo sistema de justicia penal en todo el estado, respecto de todos los delitos previstos y sancionados en el Código Penal.
En esta misma sesión, el pleno avaló también el dictamen formulado por las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y la de Protección Civil, que presiden los legisladores Silvestre Velázquez Guevara y Liliana Ramírez Díaz, respectivamente, sobre las observaciones del Ejecutivo al decreto número 161, relativo al Código Penal.
Así, se establecen los términos relativos a “definición legal de delito” y los “elementos de delito continuado”, con lo que se da una mejor propuesta de redacción que mejora el sentido lingüístico y especifica la hipótesis normativa, que guarda el mismo sentido entre la iniciativa original y decreto aprobado.
A reserva de que el dictamen previo, que motivó la aprobación del Decreto 161 que contiene el nuevo Código Penal, no suprimió o eliminó la naturaleza jurídica de lo que debe considerarse por “Reincidencia y Habitualidad”, sino que se normó de manera distinta y en diversos numerales.
Por razones de política criminal, las Comisiones Unidas reconsideraron el espíritu de la iniciativa enviada por el Ejecutivo, en el entendido de incluir los artículos 30, 31, 32 y 33 y que contienen lo referente a dichas figuras jurídicas, quedando agrupadas de manera uniforme en un nuevo capítulo VI.
Por lo que, en consecuencia, obligó a que el articulado de todo el cuerpo normativo del nuevo Código Penal, a partir del artículo 30, tenga que recorrerse en su numeración.