- Congreso
Por unanimidad de votos en lo general y en lo particular, el Pleno del poder Legislativo avaló la propuesta presentada por el Ejecutivo local para adecuar diversos preceptos de la Ley del Notariado, y de los Códigos Civil y de Procedimientos Civiles, todos del estado de Tlaxcala.
Durante la lectura, los diputados Silvestre Velázquez Guevara y Gregorio Adhemir Cervantes Díaz, destacaron que con la adecuación a dichos preceptos legales, se busca establecer el marco jurídico para el funcionamiento de un nuevo sistema registral basado en la utilización de folios electrónicos para proporcionar un mejor servicio al usuario.
Por otra parte, establece las disposiciones legales necesarias para que las autoridades jurisdiccionales y administrativas que intervengan en la tramitación de un juicio sucesorio, informen y tengan acceso al sistema de registro nacional de Testamentos.
Lo anterior, con la finalidad de otorgar certeza jurídica de los actos realizados por los particulares, con relación al otorgamiento de disposiciones testamentarias y que, como tal, sea respetada la voluntad del testador, logrando evitar la tramitación de juicios inútiles.
Del análisis realizado por la Comisión de Puntos Constitucionales, se observa que se pretende concretar una mayor certeza jurídica cuando una persona otorga un testamento ante notario público y éste deba cumplir y acreditar, en determinado plazo, ciertas obligaciones y requisitos ante la dirección de notarías y registros públicos del estado.
En cuanto hace a la reforma al Código Civil, se define y precisa que es, cómo se constituye y cuáles son algunas de las funciones y obligaciones de la Dirección de Notarías y Registros Públicos y sus servidores públicos; destacando algunos temas como la modernización en la prestación de los diversos servicios públicos que lleva a cabo dicha dirección.
Se crea además el Sistema Informático de Gestión Registral mediante el cual se genera, concentra y administra la información registral, esto implica el que no haya imprecisión, discrecionalidad, retardo o dádivas al anotar o asentar determinada inscripción o al solicitar un certificado de libertad de gravamen, pues dicha información deberá ser digitalizada y estar concentrada en una base de datos.
Entre otras cosas, todos los contratos de arrendamiento de bienes inmuebles deberán ser inscritos sin importar el tiempo por el que hayan sido pactados, también se deberá inscribir aquella condición resolutoria que sea incluida en cualquier tipo de contrato.
Sobre la reforma al código adjetivo civil, se menciona que es la adecuación lógica a las modificaciones realizadas en los artículos de la Ley de Notariado, pues sólo se traslada la especificación y contenido del actual artículo 97 de dicha ley, al artículo 1166 quater del Código de Procedimientos Civiles.
En otro punto de la sesión, el Pleno aprobó el acuerdo formulado por la Junta de Coordinación y Concertación Política por el que se reincorporaron a las comisiones ordinarias de las que formaban parte antes de solicitar licencia los legisladores Juan Fulgencio Torres Tizatl, Gregorio Adhemir Cervantes Díaz y Vicente Morales Pérez.
Por ello, a partir de esta fecha, el diputado Juan Fulgencio Torres Tizatl, se reincorpora como presidente de la Comisión de Protección Civil, Seguridad Pública, Prevención y Readaptación Social; y como vocal de las comisiones de Asuntos Municipales; y de Obras Públicas, Desarrollo Urbano y Ecología.
Mientras que el legislador Gregorio Adhemir Cervantes Díaz, se reincorpora a las vocalías de las Comisiones de Puntos Constitucionales; Obras Públicas; y Turismo.
En tanto que el diputado Vicente Morales Pérez, se reincorpora a la presidencia de la Comisión de Recursos Hidráulicos; y a las vocalías de las Comisiones de Información Pública y Protección de Datos Personales; y a la de Corrección de Estilo.