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La Secretaría de Comunicaciones y Transportes del Estado (Secte) supervisa de manera permanente que el servicio público de transporte se realice como lo marca la ley, por lo que los concesionarios cumplen con las rutas asignadas por la institución; de no ser así, son sujetos a la sanción correspondiente.
Además, la dependencia estatal mantiene relación directa con los permisionarios y los acercamientos y reuniones con ellos son de manera continua, con el objetivo de atender las inquietudes que pudieran surgir.
Por lo anterior, la institución reitera su compromiso de atender los asuntos que surjan en el sector, con el único objetivo de brindar el servicio que la ciudadanía tlaxcalteca reclama.
De acuerdo con el Reglamento de la Ley de Comunicaciones y Transportes se establece que el servicio público de transporte de pasajeros se prestará en vehículos adecuados y estará sujeto a itinerario, tarifa y horario determinado; tendrá además paradas preestablecidas, de acuerdo con lo que se determine en función del estudio realizado por la Secte.
Por lo anterior, se constata que el servicio público de transporte se lleve a cabo con la seguridad, eficiencia, horario, itinerario y demás condiciones de operatividad que corresponda a cada servicio, además que circulen en las rutas asignadas por la Secte, por lo que no existe invasión de ruta alguna.
Además, el artículo 78 del citado reglamento señala que los itinerarios que se establezcan para el servicio público de transporte deberán comprender, entre otras cosas, número de kilómetros del recorrido, puntos de origen, destino e intermedios, además de tiempo total en que se hace el recorrido.
La Secte podrá modificar los itinerarios o las rutas asignadas por causa de interés público, previo estudio técnico que determine su procedencia y emitir el acuerdo correspondiente.