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  • Roberto Nava Briones
Se avizora nuevo jaloneo entre diputados para la designación de Comisionados en la CAIPTLAX.

Aunque tarde, los diputados locales aprobaron la Convocatoria para renovar a los integrantes de la CAIPTLAX quienes ejercerán sus funciones del dos de enero del 2014 al dos de enero del 2017, por lo que el jaloneo por esos espacios iniciará en los próximos días ya que los días 21, 22 y 23 de noviembre se recibirán las solicitudes en la Secretaría Parlamentaria.
 
Podrán participar en el proceso para la selección de Comisionados que integren el Consejo General de la Comisión de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Tlaxcala (CAIPTLAX), los profesionales en el área de Ciencias Sociales con título y cédula profesional legalmente expedidos.

Serán evaluados los aspirantes, por los sinodales que aplicaran los exámenes a los aspirantes a Comisionados integrantes del Consejo General de la Comisión de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales para el Estado de Tlaxcala son: Doctor Francisco Javier Guerrero Aguirre, Doctor Francisco Acuña Llamas, Doctor Juan Francisco Escobedo Delgado.

Las solicitudes y documentos deberán ser presentadas en las oficinas que ocupa la Secretaria Parlamentaria del Congreso del Estado, en los días y horarios que establece la convocatoria con domicilio en Allende número 31, colonia Centro de la cuidad de Tlaxcala.

Además, las y los aspirantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:

Ser mexicano con residencia en el Estado no menor de cinco años anteriores a la fecha de su nombramiento, conforme al decreto 110 que reforma el artículo 52 fracción I de la Ley de Acceso a la Información Pública para el Estado de Tlaxcala, publicado el 6 de septiembre del 2012, Tomo XCI, Segunda Época, en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala

Tener grado de Licenciatura en el área de las Ciencias Sociales con título legalmente expedido. Demostrar experiencia en actividades profesionales, del servicio público o académicas relacionadas con el derecho de acceso a la información pública, protección de datos personales, cultura de la transparencia y archivística.

Gozar de reconocido prestigio personal y profesional; Tener al menos treinta años cumplidos al día de la convocatoria.

No ser dirigente de partido político alguno o haber ocupado un cargo de representación popular, ni haber sido servidor público con funciones de dirección o atribuciones de mando dentro de la administración pública federal, estatal o municipal, también será impedimento el desarrollo de cualquier otra actividad que se contraponga a las funciones propias de su encomienda, excepción hecha de los de carácter docente y de investigación científica.

Para los supuestos señalados en esta fracción, el impedimento desaparecerá si el interesado se separa de su función, cargo, comisión o empleo cuando menos con un año previo a la fecha de su designación;

Así como no estar privado de sus derechos civiles o políticos.

También deberán anexar acta de nacimiento en copia certificada. Constancia de radicación expedida por el Secretario del Ayuntamiento del municipio en que resida, en términos de lo previsto por el artículo 52 fracción primera de la Ley de Acceso a la Información Pública para el Estado de Tlaxcala.

Acreditar mediante copia certificada del título y cédula profesional su formación académica conforme a la fracción II del artículo 52 de la Ley de Acceso a la Información Pública para el Estado de Tlaxcala.

Currículum Vitae en original con el que acredite su formación profesional, según lo establece el artículo 52 fracción III de la Ley de Acceso a la Información Pública para el Estado de Tlaxcala.

Constancia de no antecedentes penales y carta dirigida a la Comisión de Información Pública y Protección de Datos Personales del Congreso del Estado en la que manifieste, bajo protesta de decir verdad que cumple con lo previsto por la fracción sexta del artículo 52 de la Ley de Acceso a la Información Pública para el Estado de Tlaxcala.

Todos los aspirantes deberán presentar en forma triplicada proyecto de trabajo sustentado metodológicamente, y que versará sobre la implementación de objetivos, actividades y demás asuntos que consideren relevantes para la operatividad de la Comisión en caso de ser designado Comisionado del Consejo General de la Comisión de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales para el Estado de Tlaxcala.

Si lo manifestado bajo protesta de decir verdad por el aspirante a Comisionado del Consejo General de la Comisión de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales para el Estado de Tlaxcala, resulta falso, el Congreso del Estado se reserva el derecho de proceder legalmente.

Para la recepción de solicitudes y documentación, se llevará a cabo los días 21 y 22 de noviembre de 2013, de 9:00 horas a 20:00 horas, en la oficina que ocupa la Secretaría Parlamentaria del Poder Legislativo, teniendo como fecha límite el día sábado 23 de noviembre de 2013, en un horario de 9:00 horas a 15:00 horas. Se entregará a los solicitantes acuse de recibo foliado con el número de participante.

La Comisión de Información Pública y Protección de Datos Personales del Congreso del Estado, revisará que los aspirantes a comisionados cumplan con los requisitos de elegibilidad. Los aspirantes que no cumplan lo dispuesto en las bases segunda y tercera de esta Convocatoria, serán dados de baja del procedimiento de selección.

Quienes cumplan con los requisitos de elegibilidad señalados en esta Convocatoria,  serán dados a conocer mediante lista que se publicará en los estrados de la Secretaria Parlamentaria, el día miércoles veintisiete de noviembre de dos mil trece, donde aparecerá el número de folio que se les haya asignado.

Evaluación mediante examen escrito. El examen escrito versará sobre derecho de acceso a la información pública, protección de datos personales, cultura de la transparencia, normatividad, administración y gobierno interno; se realizará a las 11:00 horas del día sábado 30 de noviembre de 2013, en el salón blanco ubicado en el interior del  Congreso del Estado.

Los sinodales evaluarán los resultados obtenidos por los aspirantes e informarán con su resultado a la Comisión de Información y Protección de Datos Personales del Congreso del Estado, para efecto de que ésta última mande publicar en los estrados de la Secretaría Parlamentaria, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la realización del examen escrito la lista de aspirantes que hayan acreditado el 70% del examen y, en consecuencia, tienen derecho a pasar a la siguiente fase de la evaluación, lo anterior con fundamento en el inciso a fracción IV del artículo 53 de la Ley de Acceso a la Información Pública para el Estado de Tlaxcala.

Evaluación mediante examen oral. Se desarrollará en el salón blanco ubicado en el interior del Congreso del Estado, y versará sobre derecho de acceso a la información pública, protección de datos personales y cultura de la transparencia, de acuerdo con los temas que en el acto propongan los miembros del jurado que por sorteo le corresponda a cada aspirante, así como en la presentación de un proyecto de trabajo y se llevará a cabo a partir de las 11:30 horas del día sábado 7 de diciembre de 2013. Lo anterior con fundamento en el inciso b, fracción IV del artículo 53 de la Ley de Acceso a la Información Pública para el Estado de Tlaxcala.

Concluido el examen oral, el jurado elaborará un informe en el que dé a conocer los nombres de quienes obtuvieron los nueve mejores resultados, levantando el acta correspondiente, la cual será entregada a la Junta de Coordinación y Concertación Política y a la Comisión de Información Pública y Protección de Datos Personales del Congreso del Estado. Este informe tendrá el carácter de opinión no vinculatoria, lo anterior con fundamento en la fracción V del artículo 53 de la Ley de Acceso a la Información Pública para el Estado de Tlaxcala.

Designación de Comisionados propietarios y suplentes. Con fundamento en la fracción VI del artículo 53 de la Ley de Acceso a la Información Pública para el Estado de Tlaxcala, el Pleno del Congreso del Estado, en sesión extraordinaria pública que se celebre el día hábil siguiente a la entrega del informe a que se refiere la fracción anterior, ratificará dicho informe, e inmediatamente después se procederá a elegir, de entre los nueve seleccionados a los tres Comisionados propietarios y  a los tres suplentes mediante la votación por cédula de las dos terceras partes de los diputados que integren la Legislatura, con fundamento en el artículo 149 del Reglamento Interior del Congreso del Estado de Tlaxcala.

Toma de protesta. Con fundamento en el artículo 54 de la Ley de Acceso a la Información Pública para el Estado de Tlaxcala los Comisionados rendirán la protesta de Ley ante el Pleno del Congreso del Estado, a más tardar cuatro días antes a la fecha de inicio del periodo para el cual fueron electos; y, dentro de ellos insacularán al Presidente del Consejo General, ante la fe del Presidente de la Mesa Directiva. Dicha presidencia será rotativa cada año entre los Comisionados.

De acuerdo al artículo 50 de la Ley de Acceso a la Información Pública para el Estado de Tlaxcala, concibe a la Comisión de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Tlaxcala, como un organismo autónomo encargado de garantizar el ejercicio, disfrute, promoción, difusión e investigación del derecho de los gobernados para acceder a la información pública y la protección de sus datos personales. Así el artículo 53 del mismo ordenamiento legal, establece el procedimiento de selección de comisionados y sus respectivos suplentes.

Cabe hacer mención que para la elección de los de los tres Comisionados propietarios y los tres Comisionados suplentes del Consejo General de la CAIPTLAX, se realizara mediante votación por cédula según lo establece el artículo 149 del Reglamento Interior del Congreso del Estado de Tlaxcala.

CONVOCATORIA

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