• Ciudad
  • Luis Castillo
SCJN sienta un precedente de alcance nacional; en la ciudad de Tlaxcala los concesionarios no podrán imponer ninguna sanción.

La colocación de inmovilizadores de neumáticos o ‘arañas’ y la consecuente aplicación de la sanción económica tiene sus días contados en Tlaxcala, así como en otras cabeceras donde existen parquímetros.

Recientemente, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que es inconstitucional que las empresas concesionarías de parquímetros coloquen las ‘arañas’ a los automóviles cuyos propietarios excedieron el límite de tiempo permitido para estacionarse en la vía pública.

El proyecto del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, considera desde ya como un exceso la facultad de los concesionarios de imponer sanciones a los automovilistas, ya que eso corresponde únicamente a la autoridad competente, por lo que es ilegal que se coloquen los inmovilizadores.

El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo expresó: "lo que es concesionable es el servicio público, en este caso el servicio público consiste en proporcionar un lugar de estacionamiento a cualquier persona y cobrarle por ese servicio una cuota determinada... Los otros temas, en primer lugar determinar una infracción; segundo lugar, garantizar el cumplimiento de esa infracción, y en tercer lugar, imponer la sanción respectiva, me parece que todo este tramo correspondería exclusivamente a la autoridad y no pudiera ser concesionada...".

El asunto derivó de una acción de inconstitucionalidad que promovió la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos, quien impugnó el citado artículo que autorizaba a particulares imponer sanciones a infractores.

De esa manera, cualquier propietario de un automóvil al que en las ciudades de Tlaxcala o Huamantla les coloquen una ‘araña’ por pasarse del tiempo permitido, tiene todo el derecho de exigir que se la quiten o de lo contrario el inspector incurrirá en una falta.

Tags: