- Salud
· El Acuerdo establece nuevos controles para la producción y venta de alcohol etílico y metanol, con el fin de reducir la adulteración de bebidas alcohólicas y prevenir riesgos a la salud pública
· Se establecen mecanismos de trazabilidad del alcohol que se produce, comercializa e importa, para evitar desvíos al mercado ilegal
· El consumo de bebidas con etanol y metanol pueden provocar desde dolor de cabeza y daños al sistema nervioso central hasta ceguera y efectos nocivos en el hígado y riñones
· Los aseguramientos de alcohol adulterado se han incrementado en 333% al pasar de 87,175 litros en 2010 a 373 mil 880 litros en el periodo 2011-2013
La Secretaría de Salud a través de la COFEPRIS informa que el día de ayer, 6 de enero, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo del Consejo de Salubridad General que establece las medidas para la venta y producción de alcohol etílico y metanol.
El Acuerdo, que entrará en vigor el día de hoy, fue aprobado por unanimidad en diciembre pasado por el Consejo de Salubridad General que preside la Secretaria de Salud, Mercedes Juan, con el fin de reforzar, desde la producción, la vigilancia sanitaria sobre la venta de alcohol etílico y metanol, para reducir la adulteración de bebidas alcohólicas y los riesgos a la salud humana.
De acuerdo con la nueva regulación, propuesta por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), todo el alcohol etílico y metanol que se produce, comercializa e importa a México deberá ser registrado y rastreado desde su proceso primario de elaboración, a fin de evitar desvíos a canales informales, donde luego de mezcla con bebidas alcohólicas con el riesgo que esto implica para la salud.
La reducción del impacto del alcohol ilícito en la salud es una de las medidas recomendadas por la OMS a los países miembros, ya que se ha comprobado que el consumo de bebidas adulteradas con estas sustancias tóxicas puede provocar desde dolor de cabeza, vómito, irritación de membranas mucosas, hasta daños al sistema nervioso central, hígado, riñones y produce ceguera.
El Acuerdo precisa que si bien el etanol y el alcohol etílico se usan como materiales de curación por sus características antisépticas y germicidas, su poder adictivo y su toxicidad puede convertirlos en un riesgo a la salud, por lo que es indispensable regular el volumen y lugares de venta al público en general.
Con estas nuevas disposiciones, queda prohibida la venta a granel al consumidor final de cualquier tipo de alcohol etílico, sea éste desnaturalizado o sin desnaturalizar, y el metanol. Solamente podrá venderse, suministrarse, distribuirse, comercializarse o expenderse preenvasado.
La venta en farmacias, boticas o droguerías de alcohol etílico desnaturalizado será exclusiva para el consumidor final sólo en presentaciones no mayores a un litro, en tanto que para uso de esta sustancia en las unidades de atención médica sólo podrá enajenarse o comercializarse en presentaciones mayores a 1 litro y no mayores a 20 litros.
Queda prohibida la adición de metanol como materia prima a las bebidas alcohólicas.
Se otorga un plazo de 30 días hábiles para que los sujetos obligados instrumenten el Registro de Producción y Venta que deberán llevar a cabo de manera puntual y exhibir a la autoridad sanitaria en las visitas de verificación.
Al respecto, el Comisionado Federal de la COFEPRIS, Mikel Arriola, advirtió que en el mercado informal se ha detectado un crecimiento de las bebidas adulteradas con alcohol etílico y metanol, por lo que es indispensable reforzar las medidas de control sanitario para proteger a los consumidores de este tipo de riesgos a su salud.
Destacó que los aseguramientos de alcohol ilegal se han incrementado en 333% durante los últimos tres años, al pasar de 87, 175 litros decomisados en 2010 a 373 mil 880 litros asegurados en el periodo 2011-2013, en tanto que las revisiones a negocios que producen y venden bebidas alcohólicas aumentaron 721% y las sanciones en 733% en el mismo periodo.
El Comisionado Arriola resaltó que las ventajas de este nuevo Acuerdo en materia de alcohol para la salud pública son muchas:
· Se regula la venta de alcohol etílico y metanol a través de reglas claras y parejas para todos los jugadores en el mercado.
· Las reglas planteadas son jurídicamente sólidas, ya que regulan a las sustancias por su toxicidad intrínseca.
· Se creará un registro de producción, venta e importaciones de alcohol etílico y metanol, con lo que se tendrá trazabilidad de dichas sustancias.
· La autoridad sanitaria podrá prevenir, detectar y sancionar el desvío de dichas sustancias para la adulteración de bebidas alcohólicas.
La Secretaría de Salud, a través de la COFEPRIS, reitera que continuará vigilando el mercado y encareciendo la informalidad para prevenir riesgos a la salud humana.