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  • Gerardo Santillán
Carecen de condiciones mínimas de seguridad y prevalecen vulneraciones a las garantías fundamentales de las personas detenidas

32 de los 60 Ayuntamientos de Tlaxcala incurren en negligencia y graves omisiones en materia de derechos humanos en sus cárceles, toda vez que carecen de condiciones mínimas de seguridad y prevalecen las constantes  vulneraciones a las garantías fundamentales de las personas que ingresan.

En seguimiento a la recomendación general 01/2012 sobre los centros de detención preventiva emitida por la Comisión Estatal de Derechos Humanos, para que los municipios subsanen disposiciones normativas y prácticas administrativas, la CEDH identificó a Amaxac, Apetatitlán, Benito Juárez, Chiautempan, Tlaltelulco, Lázaro Cárdenas, Mazatecohco, Domingo Arenas, Nancamilpa, Natívitas, Papalotla, Tenancingo, Teolocholco, Tepetitla, Tetla, Tetlatlahuca, Tlaxco, Tocatlán, Totolac, Xaloztoc, Xicohtzinco, Yauhquemehcan y Zitlaltepec, como los municipios que han mostrado negligencia para el cumplimiento y han sido omisos.

“Algunos alcaldes no han cumplido porque nos dan argumentos de risa al decirnos que sus cárceles no son hoteles”, recordó.

En tanto, los ayuntamientos de Acuamanala, Altzayanca, Atlangatepec, Contla, Coaxomulco, Tequexquitla, Emiliano Zapata, Españita, Huamantla, Hueyotlipan, Ixtacuixtla, Ixtenco, Panotla, San José Teacalco, Huactzinco, Axocomanitla, San Pablo del Monte, Sanctórum, Santa Cruz Tlaxcala, Tepeyanco, Terrenate, Tlaxcala, Tzompantepec, Xaltocan y Zacatelco, emprendieron acciones tendientes al cumplimiento de la recomendación general.

Y solo los municipios de Apizaco, Calpulalpan y San Lucas Tecopilco han cumplido con los  acomodos para impedir violar los derechos fundamentales de las personas que son privadas de su libertad en los centros de detención preventiva.

“A efecto de dar seguimiento a las observaciones en la recomendación general 01/2012, me permito solicitar a las señoras y señores presidentes municipales (incumplidos) que en un lapso de 30 días designen a un funcionario del Gobierno en su respectivo municipio, con capacidad de decisión suficiente para entablar un diálogo con personal de la Dirección de Programas y Atención a la Sociedad Civil de esta institución (CEDH), que permita valorar las medidas para prevenir cualquier acto de autoridad que vulnere la integridad de las personas privadas de la libertad, así como dignificar el trato y las condiciones de los lugares de detención bajo su competencia”, manifestó Mixcoatl Antonio.

Precisó que el seguimiento a la recomendación fue mediante visitas sorpresa que personas de la CEDH realizó a las cárceles municipales.

El informe presentado por el ombudsman tiene el propósito de que se promuevan los cambios y modificaciones de disposiciones normativas y prácticas  administrativas que constituyan o propicien violaciones a los derechos humanos de las personas que son privadas de s libertad y aseguradas en algún dentro de detención municipal, para que las autoridades competentes, dentro de sus atribuciones, eliminen dichas violaciones y subsanen las irregularidades de que se trate.

Las cárceles de los municipios deben reunir condiciones de habitabilidad e higiene, mejoras físicas y materiales de las instalaciones, contar con espacios exclusivos para alojar mujeres, garantizar a las personas una alimentación adecuada, medios de comunicación telefónica adecuados, contar con servicio médicos permanente, un juez calificador que imponga sanciones, elabora y difundir la normatividad aplicable, establecer el Consejo de Honor y Justicia, así como habilitar un área adecuada para alojar a las personas privadas de su libertad.

 

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