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La Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos (DEPPP) del Instituto Nacional Electoral (INE), a través de la delegación del organismo en Tlaxcala, notificó al candidato independiente a diputado federal por el tercer distrito con cabecera en Zacatelco, Daniel Romero López, sobre las prerrogativas a las que puede acceder, al contender en el presente Proceso Electoral Federal.
Al respecto, el presidente del Consejo Local del INE en Tlaxcala, Marcos Rodríguez del Castillo, puntualizó que en acatamiento a lo establecido en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE), así como al acuerdo del Consejo General identificado con el número INE/CG88/2015, por el que se determinaron las cifras del financiamiento público por concepto de franquicias postales de las candidatas y candidatos independientes para contender al cargo de Diputados Federales por el principio de Mayoría Relativa para el presente proceso comicial, aprobado el pasado 11 de marzo y conforme a lo establecido en el Reglamento Interior del INE, el día miércoles 8 de abril, se notificó al candidato independiente registrado en la entidad, el uso de las prerrogativas a las que tiene acceso.
En dicho documento, explicó Marcos Rodríguez, se informó al candidato independiente que el INE le ministró recursos públicos por 533 mil 119.88 pesos para el mes de abril, y que esta misma cantidad le será depositada en los primeros días del próximo mes, financiamiento público que en caso de no erogar tendrá que ser reembolsado.
Asimismo, el monto de financiamiento público que por concepto de franquicias postales le corresponden a Daniel Romero López asciende a la cantidad de 814 mil 488.71 pesos, mismo que no se ministra de manera directa y que sólo podrá usarse durante la campaña electoral para hacer envíos de correspondencia (propaganda electoral) en el ámbito territorial del distrito electoral por el que contiende.
El funcionario electoral también explicó que el candidato independiente ya ha sido notificado sobre la posibilidad para acceder a tiempos en radio y televisión conforme a lo que establece la LEGIPE y el Reglamento de Radio y Televisión en Material Electoral, para lo que puede usar el tiempo que le corresponde a este tipo de aspirantes a ocupar un cargo de elección popular, que se refiere al 30 por ciento del tiempo administrado por el INE y que se divide de manera igualitaria entre todos los partidos políticos y el conjunto de candidatos independientes.