• Municipios
  • Luis Castillo
No procede impugnación realizada por regidores.

La Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) con sede en el Distrito Federal, confirmó la resolución de la Sala Unitaria Electoral Administrativa del Poder Judicial de Tlaxcala, que desechó el juico para la protección de los derechos político electorales del ciudadano, promovido por un grupo de integrantes del Cabildo de Papalotla, en contra del acta que aprobó el presupuesto de egresos para este 2015.

Los regidores Florybel Romero Muñoz y otros tres munícipes, habían impugnado la omisión de notificación de la convocatoria de desahogo y aprobación de acuerdos establecidos en el acta de sesión extraordinaria del 30 de diciembre de 2014.

El trámite del juicio para la protección de los derechos político-electorales que promovieron se radicó con número de expediente SDF-JDC-176/2015 y se concluyó que si bien se inconformaron por la omisión de la convocatoria a cabildo, el recurso legal correspondiente ante la Sala Electoral del Estado fue presentado de manera extemporánea, ya que la ley concede un término de cuatro días para presentarlo.

Cabe resaltar que el máximo Tribunal Electoral consideró que el juicio en mención fue planteado incorrectamente pues impugnaron un acto negativo como es el de omisión a convocatoria a cabildo cuando en realidad se trata de un acto positivo como lo es la ejecución de la mencionada sesión de cabildo, así lo refiere tal resolución judicial.

La impugnación fue presentado por los inconformes el pasado 26 de enero contra el alcalde e integrantes del Cabildo, por haber aprobado el presupuesto, sin embargo, fue declarada improcedente por las instancias jurisdiccionales y con ello quedan firmes los acuerdos tomados en la pasada Sesión de Cabildo del 30 de diciembre de 2014, entre ellos el presupuesto para el ejercicio fiscal 2015.

 

Tags: