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Con el objetivo de regular el desarrollo de proyectos de asociaciones público-privadas y dar certeza jurídica a los inversionistas, el diputado del Partido Acción Nacional (PAN), Ángelo Gutiérrez Hernández, propuso crear la Ley de Asociaciones e Inversiones Público Privadas del Estado de Tlaxcala y sus Municipios.
En sesión ordinaria, el legislador expuso que ese nuevo reglamento dará el marco jurídico de la participación del capital privado en la prestación de los servicios públicos que deben ser atendidos originalmente por el gobierno y establecerá los lineamientos de cómo la iniciativa privada pueda participar en el desarrollo y operación de infraestructura.
Agregó que ese nuevo marco legal podrá ser aplicado en prácticamente todas las obras y servicios públicos, dicha iniciativa fue turnada a comisiones para su análisis y dictamen correspondiente.
En tanto, Gutiérrez Hernández mencionó que la Ley tendrá por objeto regular el desarrollo de proyectos de asociaciones público-privadas, bajo la luz de los principios establecidos en los artículos 25 y 134 de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos, así como de lo establecido en los artículos 98 y 99 de la Constitución Local.
Y consideró necesaria la creación de un marco jurídico para “formalizar las asociaciones de la Administración Pública Estatal y Municipal con particulares para la prestación de servicios, incluidos aquellos en los que se requiera construir infraestructura en beneficio de la sociedad tlaxcalteca; además de que la iniciativa privada se convierta en un proveedor de servicios de la Administración Pública Estatal y Municipal, con la obligación de construir la infraestructura necesaria para la prestación de los mismos, asumiendo en forma equitativa los riesgos que represente la ejecución de los proyectos”.
También, tendrá como objeto primordial regular los proyectos de asociación público-privada, que son aquéllos que se realicen con cualquier esquema para establecer una relación contractual de largo plazo, entre instancias del sector público y del sector privado, para la prestación de servicios al sector público o al usuario final y en los que se utilice infraestructura provista total o parcialmente por el sector privado.