- Elecciones
El resolutivo emitido por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, nos da la certeza que en el Partido Alianza Ciudadana (PAC) hemos actuado apegados a la normatividad electoral, sin violentar la ley, sostuvo Felipe Hernández Hernández, Presidente de este Instituto, quien se congratuló porque este fallo confirma que Serafín Ortiz Ortiz no incurrió en actos anticipados de campaña, durante el proceso de precampaña.
Ayer, la Sala Superior del Tribunal del Poder Judicial de la Federación, revocó la resolución emitida por la Sala Electoral Administrativa del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Tlaxcala, dentro del expediente CQD/PEPRICG001/2016, del Toca Electoral 177/2016, y determinó que no existen los actos anticipados de campaña que pretendían fincarle en virtud que del análisis de la propaganda de precampaña en su modalidad de flayer, se evidencia que las propuestas se encontraban dirigidas a militantes y simpatizantes.
De igual forma, la Sala Superior del Tribunal del Poder Judicial de la Federación señaló que las propuestas incluidas en el documento de referencia se cumplieron con base en la convocatoria emitida por el PAC, y la propaganda se circunscribió al periodo exclusivo de precampaña, por lo que Serafín Ortiz Ortiz no incurrió en infracción alguna y tampoco lo hubo por parte del PAC.
Felipe Hernández apuntó que queda evidenciado que se actuó en un marco de legalidad en el transcurso del periodo de precampaña, por lo que la participación de Serafín Ortiz estuvo apegada al marco normativo y que no cometió no cometió actos anticipados de campaña, de acuerdo con la sentencia ya señalada por la Sala Unitaria Electoral Administrativa.
Tanto para Serafín Ortiz como para el PAC no procede la multa que se había impuesto en virtud de que queda sin efecto la sanción establecida en el ámbito local.