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Efectuó ITE acompañamiento permanente a los institutos políticos para cumplir con este principio.

En cumplimiento a las sentencias de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf), en las que ordena dar por no registradas las candidaturas que excedieron el principio de paridad de género, el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) modificó los Acuerdos sobre el registro de  candidatos a presidencias de comunidad de los Partidos Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), Alianza Ciudadana (PAC), Nueva Alianza (Panal) y Encuentro Social (PES).

Mediante estas sentencias, la Sala Regional ordenó al ITE verificar si los institutos políticos cumplían con la paridad en sus candidaturas y, en caso de que el resultado fuera negativo, como sucedió con estos partidos, detectar qué género se excedía, por lo que también mandató establecer un mecanismo imparcial para dejar insubsistente la cantidad de registros necesarios hasta llegar al 50 por ciento de cada género.

Por ello, y para cumplir con este ordenamiento del Tepjf, el Consejo General del ITE determinó efectuar un sorteo entre la totalidad de las fórmulas de Presidencias de Comunidad del género que se hubiera excedido –en este caso masculinas– de  cada uno de estos partidos políticos para dejar insubsistente y/o dar por no registrado el número necesario.

De acuerdo con la Sala Regional, algunas candidaturas no observaban a plenitud la paridad de género en su dimensión horizontal, por lo cual ordenó al ITE dejar insubsistentes y/o dar  por no registradas 33 fórmulas correspondientes a Morena, cinco del PAC, cuatro del Panal y 20 del PES, en virtud de que excedieron las postulaciones masculinas en sus candidaturas a presidencias de comunidad.

Ante ello, y en sesiones extraordinarias, el Secretario Ejecutivo del Consejo General, Germán Mendoza Papalotzi, introdujo papeletas con la totalidad de las fórmulas de presidencias de comunidad del género masculino de cada uno de estos partidos a una urna, de donde luego extrajo, a la vista de todos, el número de papeletas correspondiente al número que excede la paridad, observado por el Tepjf.

Durante el desahogo de este procedimiento, las y los Consejeros expusieron que, de acuerdo con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la paridad de género es un derecho otorgado a favor de los ciudadanos que los partidos políticos tienen la obligación de observar a la hora de postular candidatos, y que la autoridad electoral tiene la encomienda de vigilar su cumplimiento.

Cabe recordar que el Consejo General del ITE mantuvo siempre el acompañamiento a los partidos en este tema, a través de una serie de mesas de trabajo para apoyarlos en el cumplimiento de este principio. Además, dentro de los plazos establecidos, detectó qué candidaturas no observaban este principio a cabalidad y por ello hizo un requerimiento de 48 horas que permitía efectuar las sustituciones correspondientes.

Sin embargo, las candidaturas de Morena, Encuentro Social, Panal y Alianza Ciudadana no observaban la paridad, por lo que el órgano comicial otorgó un nuevo requerimiento, esta vez de 24 horas, que la Sala Regional de la Ciudad de México declaró improcedente, por lo que ordenó al ITE eliminar el número de candidaturas que no garantizaba la participación efectiva de ambos géneros.

De este modo, el Partido Morena se excedió en el género masculino en 33 fórmulas, por lo que el ITE definió por sorteo y, de acuerdo con la Sala, qué registros quedarían insubsistentes.

De este modo, quedaron por no registradas las pertenecientes a San Diego Xocoyucan, Ixtacuixtla; San Isidro Apizaquito, San Luis y Santa Anita Huiloac, Apizaco; Tepehitec, Tlaxcala; Barrio de Tecolotla, Apetatitlán; San Jorge Tezoquipan, Panotla; Zacamolpa, Sección Primera y Barrio de Atenco, Cuaxomulco; San José Buenavista y San Juan Ocotitla, Barrio de la Concepción y la Garita de Altzayanca; Santa María Acuitlapilco, Tlaxcala, Zumpango, Atlangatepec, y Primera Sección de Acuamanala, Acuamanala.

Asimismo, Ranchería de Torres, Mariano Matamoros, Emiliano Zapata, San Martín Notario y Francisco I. Madero Tecopilco el Valle del municipio de Huamantla; Barrio de San Pedro, Barrio de Tlaltepango, Barrio de San Cosme y Barrio de San Bartolomé, de San Pablo del Monte; Jesús Acatitla, Panotla; Séptima Sección, Contla de Juan Cuamatzi; Chipilo, Terrenate; Sección Primera Tecahualayo, Teolocholco; Barrio de Tlaxcaltecatla, Santa Catarina Ayometla; Segunda Sección y Cuarta Sección de Mazatecochco de José María Morelos; y San Benito Xaltocan, Yauhquemehcan.

Por Alianza Ciudadana, las candidaturas que se dan por no registradas son: San Miguel Contla, municipio de Santa Cruz; Sección Primera Tecahualayo, Teolocholco; San José Texopa, Xaltocan; Felipe Carrillo Puerto, Altzayanca, y Colonia Venustiano Carranza, Xaloztoc.

Por el Partido Encuentro Social, las candidaturas que se dan por no registradas son: Primera Sección, de Mazatecochco; Ignacio Zaragoza, Barrio de San José y Colonia Emiliano Zapata, de Huamantla; Sección Primera Barrio de Atenco, Cuaxomulco; Tercera Sección Barrio de Guardia y Primera Sección Tlacacola, del municipio de Zacatelco; Aserradero Casablanca, Tlaxco, y Xaxala, Chiautempan.

Además, Colonia San Isidro Chipila, de Muñoz de Domingo Arenas; Barrio de San Miguel y Barrio de Cristo de San Pablo del Monte; La Asunción Huizcolotepec, Xaltocan; Colonia Emiliano Zapata, Panotla; Colonia Estocapa, Santa Catarina Ayometla; Tlacatecpa y Sección Tercera Xaltipa, de Contla de Juan Cuamatzi; Comunidad de Nazareth en Altzayanca; San Buenaventura Atempan, Taxcala, y San Andrés Ahuashuatepec, Tzompantepec.

Por el Partido Alianza Ciudadana, las fórmulas que quedan sin registro son las de Francisco I Madero Tecopilco del Valle, Huamantla; Unión Ejidal Tierra y Libertad, Tlaxco; San Matías Tepetomatitlán, Apetatitlán de Antonio Carvajal, y San Jorge Tezoquipan, de Panotla.

Una vez que concluyeron estos sorteos y los Acuerdos fueron aprobados, cada uno de estos cuatro partidos políticos deberá notificar a los miembros de las fórmulas estos resultados, puesto que los institutos son los que legalmente solicitan los registros.