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  • Lucía Pérez
Las multas económicas fueron interpuestas por diversas irregularidades localizadas en gastos de campaña del proceso 2015-2016.

En sesión extraordinaria del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), se dio cumplimiento a la sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) respecto a la disminución en el monto de las multas interpuestas a los Partidos Revolucionario Institucional (PRI) y Movimiento de Regeneración Nacional (Morena).

Con la modificación avalada por la Sala Superior, las multas quedaron de la siguiente manera: la cantidad de 158 mil 100.52 pesos para el PRI; y 60 mil 550.16 pesos para Morena, por incurrir en irregularidades encontradas en la revisión de los Informes de los Ingresos y Gastos de Campaña de los candidatos a los cargos de Gobernador, Diputados, Ayuntamientos y Presidentes de Comunidad, correspondiente al Proceso Electoral Local Ordinario 2015-2016.

Dichas conductas radicadas en los Dictámenes Consolidados y la Resolución INE/CG597/2016 e INE/CG598/2016 que fueron combatidos con los Recursos de Apelación SUP-RAP-351/2016 y  SUP-RAP-364/2016 a través de los cuales ambos institutos políticos documentaron los gastos realizados.

En ese sentido, el TEPJF modificó la conclusión 24 del INE en la que se estableció que el sujeto obligado no presentó la documentación de soporte de gastos por un monto de 268 mil 447.68 pesos; sin embargo, tras el cumplimiento de la sentencia la multa quedó en 158 mil 100.52 pesos, por haber omitido la documentación que ampare los gastos en 21 pólizas; lo anterior significa una reducción de 110 mil 389.12 pesos

Para Morena,  la justicia federal revisó el resolutivo décimo en las conclusiones 6 y 7 del acuerdo INE/CG598/2016; en la primera el sujeto omitió reportar el registro contable por poco más de 60 mil pesos, lo que le valió una multa de 90 mil 788.72 pesos; no obstante,  tras la resolución la sanción quedó en 60 mil 550.16 pesos, por no presentar el soporte documental por el arrendamiento eventual de bienes; lo que representa una reducción de 30 mil 238.56 pesos, empero en la conclusión siete, señaló que el ente omitió presentar documental por concepto de arrendamiento de un bien inmueble, lo que le valió una sanción de 24 mil 979.68 pesos misma que logró comprobar dejando sin efecto esa sanción.

Tras acatar las modificaciones de la Sala Superior, se ordenó enterar de esos cambios al Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) para su aplicación. 

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