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En relación con algunas publicaciones efectuadas en portales digitales del estado referentes a la sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) para el desahogo de una nueva garantía de audiencia del aspirante a Candidato Independiente al Senado de la República, Raymundo Vázquez Conchas, y con la finalidad de informar verazmente a la ciudadanía, la Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral (INE) en Tlaxcala manifiesta lo siguiente:
Mediante correo electrónico de fecha 2 de abril del año en curso, personal de la Dirección de Servicios y Productos Electorales, área adscrita a la Coordinación de Procesos Tecnológicos de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores (DERFE), señaló que derivado de la información proporcionada por la Vocal del Registro Federal de Electores (RFE) en Tlaxcala, se desprende que el día 30 de marzo del año en curso, el ciudadano Raymundo Vázquez Conchas se presentó en dicha vocalía a realizar el desahogo de la garantía de audiencia de referencia, sin embargo, no aceptó el desahogo de la misma, en razón de que la cifra de registros disponibles para llevarla a cabo no correspondía con los 13 mil 910 ordenados por la Sala Regional del TEPJF, siendo el total disponible para revisión 19 mil 348; resaltando que los 13 mil 910 registros aducidos por el aspirante ya se incluían en ese total, toda vez que dicha cifra correspondía al corte definitivo que fue tomado para el dictamen emitido por el Consejo General del INE.
Derivado de lo anterior, la Dirección de Servicios y Productos Electorales informó que realizó un análisis extraordinario y exhaustivo con el fin de obtener los registros que representaban en ese momento los 13 mil 910 señalados en la sentencia de mérito, mismos que fueron hechos del conocimiento de la Vocalía del RFE del estado, mediante correo electrónico de fecha 31 de marzo de 2018, a fin de que se realizara el desahogo de la garantía de audiencia correspondiente.
En este contexto, mediante oficio de fecha 31 de marzo de 2018, suscrito por la vocal del RFE del estado de Tlaxcala, se notificó bajo estricto procedimiento legal al C. Raymundo Vázquez Conchas, a efecto de que nuevamente se presentara a la realización de la garantía de audiencia ordenada, la cual se estableció llevarse a cabo el día 2 de abril del año en curso – dentro del periodo de cinco días establecido por la instancia jurisdiccional para hacer efectivo ese derecho al aspirante-; sin embargo, éste no acudió al desahogo de la misma.
Bajo esa tesitura, el mismo día de la fecha señalada, ante el vocal secretario de la Junta Local Ejecutiva del Estado de Tlaxcala, y en compañía de la vocal del RFE, así como del asesor jurídico, ambos de la Delegación del INE en el estado, se procedió a levantar el acta circunstanciada correspondiente a fin de tener por asentado la falta de presentación del ciudadano Raymundo Vázquez Conchas, en la garantía de audiencia que se tenía contemplado realizar.