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Los magistrados coincidieron que los argumentos de los consejeros para desechar no están sustentados

El Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) revocó cuatro acuerdos emitidos por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE), relativos al desechamiento de otro igual número de quejas presentadas, tres por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) y una por el Partido del Trabajo (PT), en contra de diversos actores políticos por presuntos actos anticipados de campaña y violaciones a la ley electoral.

 

La revocación de los acuerdos estriba en que la Comisión de Quejas y Denuncias debe admitir las quejas presentadas por el PRI, y realizar las diligencias necesarias para el adecuado desarrollo de la sustanciación y posterior resolución por parte del TET.

 

Lo anterior, debido a que los magistrados electorales coincidieron en que las causales de improcedencia realizadas por la Comisión de Quejas y Denuncias del ITE en las diferentes quejas presentadas por el PRI y el PT, no pueden tenerse por acreditadas existiendo incertidumbre o mediante inferencias subjetivas, “en virtud de que su acreditación debe de ser manifiesta e indudable de la lectura de la demanda y pruebas que existan”.

 

Y es que, afirmaron, se debe tener “la certeza y plena convicción de que la causa de improcedencia de que se trate, efectivamente se actualiza en el caso concreto, de tal modo que aun cuando se admitiera la demanda y se sustanciara el procedimiento, no sería factible obtener una convicción diversa, circunstancia que no aconteció”.

 

En respaldo de lo anterior, los magistrados enunciaron la jurisprudencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), identificada con la clave 20/2009, de rubro: “PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR. EL DESECHAMIENTO DE LA DENUNCIA POR EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL NO DEBE FUNDARSE EN CONSIDERACIONES DE FONDO”.

 

En consecuencia, al constatarse una indebida fundamentación y motivación por parte de la Comisión de Quejas y Denuncias del ITE, el Pleno del TET revocó los diferentes acuerdos impugnados, mediante los que determinó el desechamiento de las quejas partidistas.

 

Por otra parte, al resolver el expediente TET-JDC-016/2018, los magistrados electorales ordenaron a los integrantes del ayuntamiento de Santa Apolonia Teacalco, tomar protesta como presidente de comunidad de San Antonio Teacalco a Mizraim Portillo López, debido a la negativa que hasta el momento ha habido para hacerlo a pesar de que fue electo por el método de usos y costumbres a principios de este año.

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