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Por unanimidad, la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió impugnaciones relacionadas con la revisión del Instituto Nacional Electoral (INE) de los informes de ingresos y gastos de campaña de las candidaturas, entre otras, a la presidencia municipal de San Lorenzo Axocomanitla, en el estado de Tlaxcala, así como la resolución del tribunal local (TET) que confirmó la declaración de validez de la elección de integrantes del referido ayuntamiento.

Al resolver el recurso SCM-RAP-79/2024 y acumulado, el pleno sostuvo -entre otras cosas- que se vulneraron los principios de exhaustividad, certeza y seguridad jurídicas al realizar una indebida valoración de la documentación precisada por MORENA en el escrito de contestación que emitió con el objeto de subsanar diversas observaciones relativas a gastos considerados como no reportados en propaganda y publicidad en internet.

Aunado a lo anterior, se explicó que el INE basó la cuantificación del rebase de topes de gastos de campaña de dos candidaturas de MORENA a partir de tomar en consideración el concepto de gastos no reportados; los cuales no tienen sustento alguno porque su determinación transgredió el principio de certeza. 

Por otra parte, en el juicio SCM-JRC-200/2024 y acumulado, se señaló que deviene inoperante la pretensión de la parte actora para que se declare la nulidad de la elección por rebase en el tope de gastos de campaña, dado el análisis en el SCM-RAP-79/2024 y acumulado.

En consecuencia, la Sala Regional revocó parcialmente la resolución del INE impugnada (SCM-RAP-79/2024 y acumulado), y confirmó la resolución del TET.

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