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  • Roberto Nava Briones
En manos del CEN del PAN las sanciones en contra de ex alcalde de Apizaco tras ser evidenciado de haber incurrido en corrupción.

El ex alcalde de Apizaco Orlando Santacruz Carreño, y candidato a la diputación federal por el distrito I con cabecera en Apizaco, podría perder la misma por dañar la imagen del albiazul tras haber sido evidenciado de incurrir en actos de corrupción, a pesar de que el ex edil calificó de haber frivolidad en la queja.

Derivado de que la Comisión Jurisdiccional Electoral del Partido Acción Nacional (PAN) aceptó la queja presentada por el militante panista Julio César Jiménez García, quien solicitó al CEN indagar las aparentes corruptelas del candidato; “y frenen la campaña de desprestigio al partido que hay de manera generalizada en todos los medios de comunicación del Estado”.

A través de la queja COE/QUEJA/TLAX/51/2015, que fue acompañada de notas periodísticas, el panista señaló que fue para hacerles de conocimiento; “una serie de hechos, documentos y notas periodísticas que, a mi entender, dañan de forma significativa la buena imagen de nuestro Partido en el Estado”.

Solicitó además, que; “revisen los antecedentes de nuestro precandidato, pues, denigra a nuestra institución y se opone, de paso, a la adecuada participación pacífica del pueblo en la vida democrática, pues dicha información superviniente, nos pone en duda, como verdadera opción política, ante el electorado”.

Jiménez García, solicitó además; “la urgencia de que puedan evaluar si tales circunstancias fácticas son contrarias a la buena reputación, si se dañe la imagen de forma irreparable, se contradiga nuestra plataforma electoral o bien si, pueda ser materia de cancelación de su precandidatura o bien la suspensión de dicho procedimiento interno”.

En su defensa, Orlando Santacruz, minimizó la denuncia y la tachó de; “Frivolidad de la queja.-Un adecuado y minucioso análisis de la queja que se contesta, debe llevar a esta Comisión Electoral a calificar su frivolidad, y en consecuencia declarar su notoria improcedencia”, por no tener personalidad el denunciante.

Sin embargo, la Comisión Jurisdiccional del PAN determinó procedente y fundada la queja presentada por Julio Cesar Jiménez García, por lo que fue turnado; “el presente expediente a la Comisión Jurisdiccional Electoral del Partido Acción Nacional, para que de acuerdo a su competencia se inicie el procedimiento sancionatorio correspondiente en contra del C. Orlando Santacruz Carreño, por hechos ocurridos con motivo de su Precandidatura a la Diputación Federal por el Distrito Electoral Federal I, en el Estado de Tlaxcala”.

La presente Resolución fue aprobada en sesión extraordinaria de la Comisión Organizadora Electoral del Partido Acción Nacional, celebrada el 21 de febrero del 2015, por votación unánime de los Comisionados, Gildardo López Hernández, Olivia Franco Barragán y José Carlos Rivera Alcalá.

De acuerdo al artículo 121 de los estatutos del PAN establece que; “en los casos de indisciplina, incumplimiento de sus cargos o infracción de estos Estatutos y de los reglamentos, los militantes del Partido podrán ser sancionados con amonestación, privación del cargo o comisión del Partido que desempeñen, cancelación de la precandidatura o candidatura, suspensión en sus derechos partidistas, inhabilitación para ser dirigente o candidato, o expulsión del Partido”.

Incluso en el inciso “c” marca que; “la cancelación de la precandidatura o candidatura, será acordada en caso de indisciplina o infracciones a las normas del Partido”.

En consecuencia, y de acuerdo al artículo 123, señaló que; “la cancelación de la precandidatura, será impuesta por la Comisión Jurisdiccional Electoral”.

Fuente: Estrados electrónicos del CEN del PAN

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