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Ciudad de México; 20 de octubre de 2016.- En sesión pública de la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación se resolvieron seis juicios para la protección de los derechos político electorales del ciudadano, dos juicios electorales y cuatro juicios de revisión constitucional, de los criterios asumidos por este órgano jurisdiccional destacan los siguientes:
- Intocada la elección de integrantes del ayuntamiento de Contla de Juan Cuamatzi, Tlaxcala
Luego que el Tribunal Electoral de Tlaxcala declarara la nulidad de la elección de integrantes del ayuntamiento de Contla de Juan Cuamatzi, al considerar acreditada la causal de nulidad consistente en utilizar elementos religiosos durante el proceso electivo, a través de la asistencia del candidato ganador junto con sus seguidores a una misa el día de cierre de campaña, acompañado de personas que portaban vestimenta alusiva a su candidatura; la Sala Regional Ciudad de México determinó revocar dicha resolución y declarar válido el triunfo de la planilla postulada por el PRD al considerar que las pruebas consistentes en los instrumentos notariales con los cuales se pretendió acreditar la publicación de una invitación para asistir a la misa a través de la red social Facebook aportados por el Partido Acción Nacional resultaron apócrifos y por tanto constituyen pruebas ilícitas que no pueden ser objeto de análisis, además porque las restantes pruebas al estar relacionadas con aquellas declaradas apócrifas, deben tener la misma consecuencia, incluso con la valoración, en su caso, de éstas, no se podía determinar la causa de nulidad argumentada.
En esta resolución se ordenó dar vista a la Procuraduría General de la República, a la Procuraduría General de Justicia del Estado de Tlaxcala, y al Instituto Nacional Electoral, para que, en el ámbito de sus respectivas competencias, determinen lo conducente respecto a la investigación de las pruebas apócrifas presentadas ante la instancia jurisdiccional.
Esta determinación fue asumida por mayoría de votos ya que el proyecto original presentado por el Magistrado Héctor Romero Bolaños consideraba que, con independencia de las pruebas consideradas nulas, el resto de las probanzas acreditaban la conducta atribuida al candidato y en consecuencia la resolución dictada por el tribunal local decretando la nulidad de elección debería ser confirmada.
- Intocada la elección de integrantes del ayuntamiento de Contla de Juan Cuamatzi, Tlaxcala
La Sala Regional Ciudad de México confirmó la resolución del Tribunal Electoral de Tlaxcala que validó la elección del Ayuntamiento de Santa Cruz Quilehtla así como la entrega de la constancia de mayoría al candidato de Nueva Alianza, en atención a que si bien se declaró la nulidad de la votación de la casilla 313 Básica, porque el secretario de la misma no se encontraba inscrito en esa sección electoral, al llevar a cabo la recomposición del cómputo municipal, no se advirtió una modificación en cuanto a la planilla que ocupó el primer lugar; es decir, no fue determinante para el resultado de la elección.
Al resolver el juicio promovido por el Partido del Trabajo para controvertir la resolución del Tribunal Electoral de Tlaxcala que confirmó la validez de la elección del Ayuntamiento de Lázaro Cárdenas, así como la entrega de la constancia de mayoría al candidato del Partido Verde Ecologista de México, la Sala Regional Ciudad de México consideró que si bien la autoridad judicial local analizó que el candidato electo participó en los procesos internos de selección de candidaturas de dos partidos políticos distintos que no formaban coalición, lo que vulnera el principio de equidad, esas supuestas infracciones no constituyen causas de inelegibilidad, sino requisitos de registro cuyas inconformidades se debieron hacer valer en otro momento, además de que la prohibición de participar en procesos internos de selección de candidaturas de partidos políticos distintos se encuentra prevista únicamente para las elecciones federales.
En consecuencia la Sala Regional confirmó el cómputo de la elección de integrantes del Ayuntamiento de Lázaro Cárdenas, Tlaxcala, la declaración de validez y la entrega de la constancia de mayoría a la fórmula de candidaturas postulada por el Partido Verde Ecologista de México.