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La SCJN determinó que las descalificaciones entre partidos contrarios deben permitirse en aras de la libertad de expresión.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó diversos artículos de la Ley Electoral de Chiapas, entre ellos,  el que restringía a los candidatos de elección popular hacer críticas a los partidos políticos o las instituciones opuestas a sus candidaturas.

Por ello, el caso electoral de Chipas sentará un precedente para posibles modificaciones a los reglamentos de cada entidad si así lo consideran pertinente, a fin de que se permitan las descalificaciones entre partidos contrarios y a las instituciones, en aras de la libertad de expresión.

De acuerdo con una nota del diario 24 Horas, la mayoría de Ministros invalidó una parte del artículo 69 del Código de Elecciones de Chiapas, el cual ordena a los partidos, en su propaganda, “abstenerse de cualquier expresión que denigre a las instituciones y a los partidos o que calumnie a las personas” y los sanciona incluso con la pérdida del registro por dicha conducta.

Al respecto, el ministro José Ramón Cossío Díaz advirtió que la resolución pondría en riesgo que candidatos confundieran la resolución judicial.

“Yo estoy de acuerdo con el proyecto en lo que se refiere a que las porciones normativas denigren a las instituciones y a los partidos políticos, pero también creo que esto debe extenderse a calumniar a las personas; me parece que se está generando de entrada, desde mi punto de vista un discurso prohibido, esto lo encuentro contrario al primero constitucional y al trece de la convención”, agregó. Empero, su propuesta no prosperó.

Así, la sentencia dicta que “el ejercicio de la libertad de expresión no sólo tiene una dimensión individual sino social, pues implica también un derecho colectivo a recibir cualquier información y a conocer la expresión del pensamiento ajeno y apuntan a la necesidad de que las medidas restrictivas se sometan a un test estricto de proporcionalidad”.

“La propaganda política o electoral que denigre las instituciones o los partidos políticos no ataca por si la moral, la vida privada o los derechos de terceros, ni provoca algún delito o perturba el orden público”, explica.

La prohibición de denigrar a las instituciones o partidos fue incluida en la Constitución en la reforma electoral de 2007 y su posterior implementación generó múltiples conflictos para las autoridades electorales, debido a las dificultades para fijar los límites entre la denigración y la crítica.

Asimismo, también se invalidaron aquellas normas que  prevén fechas distintas a la prevista en la legislación general, para la realización de la jornada electoral en el caso de diputados y ayuntamientos.

Asimismo, también invalidaron los artículos que permitían a los partidos nacionales, que perdieran su registro, subsistir como instituciones locales siempre que hubieran obtenido el 3% de los votos en la última elección estatal, y aquellas normas que facultaban al Instituto Nacional Electoral investigar y sancionar violaciones en materia de medios electrónicos; así como las que eliminaban el secreto bancario con fines de fiscalización.

Cabe destacar que para cumplir con el tiempo pactado por la SCJN de resolver más de 60 acciones de inconstitucionalidad interpuestas por partidos políticos en contra de la reforma electoral, la Corte sesionó dos veces en la sede alterna del Máximo Tribunal.

Ayer se resolvieron en tiempo y forma, por lo cual el año electoral 2015 podrá iniciar sin ninguna restricción en este sentido, el próximo 7 de octubre.

Se reparten partidos designación de magistrados electorales

A manera de cuota, los senadores del PRI, PAN, PRD y PVEM se repartieron la designación de 67 nuevos magistrados electorales, de los 17 estados en donde habrá comicios en 2015.

De acuerdo con legisladores de todos los partidos, 24 de los elegidos para integrar los nuevos tribunales fueron propuestos por el PRI, 22 por el PAN, 12 por el PRD, uno por el PVEM y ocho lograron el apoyo de varias fuerzas políticas.

Los testimonios de los senadores señalaron que la presión y el cabildeo de los gobernadores se mantuvo durante toda la negociación, que estuvo a cargo de los coordinadores parlamentarios, con excepción del Partido del Trabajo.

Según otra nota del periódico Reforma, los legisladores privilegiaron ciertas fórmulas para el reparto de los cargos, dependiendo del partido político que gobierna la entidad.

En algunos casos optaron por privilegiar el número de magistrados, pero en otros prefirieron apostar a la duración del cargo, que es de un máximo de siete años.

Por la mañana, los senadores habían alcanzado un acuerdo sobre el listado de aspirantes finalistas.

Sin embargo, pasado el mediodía, la bancada de PRD protestó por la propuesta de magistrados para la sala del Distrito Federal, con el argumento de que la correlación de fuerzas quedaba cuatro a uno: dos para el PAN, dos para el PRI y sólo uno para el PRD.

Al final, el tricolor cedió y fueron incorporados dos nombres propuestos por los perredistas.

Los aspirantes fueron respaldados por 84 votos a favor y 3 en contra.

El procedimiento fue impugnado por la bancada del PT y denunciaron el acuerdo cupular de las principales fuerzas políticas.

El coordinador petista Manuel Bartlett dijo que la Junta de Coordinación jamás sesionó para discutir y aprobar la elección de los magistrados.

"Se están dividiendo el pastel, según sus intereses", afirmó en tribuna.

El coordinador del PRI, Emilio Gamboa, reconoció que la Junta nunca fue convocada, pero defendió la práctica parlamentaria de que los acuerdos pueden ser firmados, sin sesión formal de por medio.

"Hay un documento de la Junta de Coordinación Política, que está firmado por 97 por ciento de lo que se representa en el Senado", argumentó.

Los nuevos magistrados formarán parte de los tribunales de los estados de México, Baja California Sur, Campeche, Colima, Chiapas, DF, Guanajuato, Guerrero, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Sonora, Tabasco y Yucatán.

El próximo lunes, en sesión extraordinaria, rendirán protesta en un solo acto.

No hay químicamente puros

Es imposible ser "químicamente puro" en el tema electoral, afirmó el magistrado Flavio Galván, quien justificó que haya funcionarios que simpaticen con algún partido político.

"Hay siempre cuestionamientos. Creo que en tanto no haya duda de la imparcialidad de la conducta de las personas, no importa si milita o es simpatizante. No podemos haber ciudadanos químicamente puros", dijo.

El magistrado del Tribunal Electoral federal recordó que quienes cuestionan la integración de los Organismos Públicos Locales Electorales (Oples) tienen hasta el lunes para impugnar el proceso, pero pidió que sean recursos sustentados.

"Lo que debe calificar o descalificar a consejeros y magistrados es la forma de resolver, votar o argumentar; eso es lo que nos debe interesar", apuntó.

Para evitar suspicacias sobre el nexo con consejeros locales con algún partido, sugirió que sean electos mediante insaculación.

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