- Tlaxcala
El artículo 68 de la Ley de Datos Personales dice que se sancionará hasta con 5 años de prisión a quien lucre con los datos personales, tal y como lo hizo Mariano para invitar de manera personalizada a ciudadanos de todo el estado a través de personal que se presume son de la SEP- USET y que serían obligados a ir casa por casa a entregar la propaganda del cuarto informe de gobierno, “el año de la consolidación”.
La Ley de Datos Personales es muy clara en el artículo 68 “Se sancionará con prisión de seis meses a cinco años al que, con el fin de alcanzar un lucro indebido, trate datos personales mediante el engaño, aprovechándose del error en que se encuentre el titular o la persona autorizada para transmitirlos”.
Para el caso de las invitaciones con nombre y dirección enviadas por Mariano a los ciudadanos de diferentes puntos del estado, la información la debió haber obtenido de algún lugar y se presume que lo más probable es que haya sido de la lista nominal del Instituto Nacional Electoral (INE) para conocer de manera precisa sus particulares.
En relación a la transferencia de los datos personales el INE dice “Los documentos, datos e informes que los ciudadanos proporcionen al Registro Federal de Electores, en cumplimiento de las obligaciones que les impone la Constitución y el LEGIPE, no podrán comunicarse o darse a conocer, salvo cuando se trate de juicios, recursos o procedimientos en que el Instituto Nacional Electoral fuese parte, para cumplir con las obligaciones previstas por la Ley en materia electoral y por la Ley General de Población en lo referente al Registro Nacional Ciudadano o por mandato de juez competente”.
Y agrega que “Los miembros de los Consejos General, Locales y Distritales, así como de las comisiones de vigilancia, tendrán acceso a la información que conforma el padrón electoral, exclusivamente para el cumplimiento de sus funciones y no podrán darle o destinarla a finalidad u objeto distinto al de la revisión del padrón electoral y las listas nominales”.
Lo que quiere decir que en ningún momento se pueden utilizar los datos e información de quienes otorgan la información para la obtención de la credencial de elector para actos de gobierno o proselitistas que sirvan para los intereses de alguna persona en particular, en esta caso para el informe del ciudadano gobernador que de manera personalizada habría mandado a personal del sector educativo a entregarlo en mano.
Las sanciones que prevé la Ley en el artículo 64 por diferentes tipos de violación de la Ley de Datos Personales va desde los 100 días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal (67.29 pesos), hasta los 320 mil días de salario, lo que significa en cifras desde 6 mil 729 pesos hasta los 21 millones 532 mil 800 pesos.
Para quien haya entregado los Datos Personales para el lucro –como correspondería en este caso- la pena va de los tres meses a los tres años conforme con lo que señala el artículo 67, en tanto que el artículo 69 de la misma ley contempla que si se lucra con Datos Personales sensibles la pena se duplica.
Con estos argumentos que marca la ley, Mariano estaría violando la Ley de Datos Personales y tendría que hacerse acreedor a una sanción, debido a que de forma muy particular en la invitación mandada por sus emisarios la leyenda es muy clara “Te agradezco tu participación y confianza”, fechada el 5 de diciembre de éste año.
Esto sin considerar los logros que presume dentro de la misiva en la que nuevamente promueve su imagen de manera notoria y utiliza los colores alusivos al partido que representa y del que algún día renegó aquel que asegura que el cuarto año de su gobierno es el “año de la consolidación”, en el que “el tejido social roto” sigue viendo disminuida progresivamente su nivel de vida.