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  • Gerardo Santillán
Inexactas e imprecisas las interpretaciones sobre el tema

La acción de constitucionalidad que interpuso la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) ante la SCJN en contra del artículo 243 del Código Penal de Tlaxcala, no busca despenalizar el aborto, sino permitir que las mujeres accedan a una interrupción legal del embarazo cuando hay malformaciones genéticas incompatibles con la vida, así como la inseminación artificial no consentida.

De igual manera, que el tratamiento de las causales sea excluyente del delito, es decir, que no se considere a las mujeres como delincuentes sino que se les excluya del delito y no se les criminalice como actualmente está establecido.

Así lo manifestó el ombudsman Francisco Mixcoatl Antonio, quien lamentó las interpretaciones “inexactas e imprecisas” que le han dado al tema algunos sectores como la iglesia católica, porque la intención de la CEDH es proteger a las mujeres bajo los más altos estándares de derechos humanos, derivado de la reforma al Código Penal local de diciembre de 2013 que hizo la pasada legislatura, que primero amplió las causales legales para el aborto y luego las quitó.

En conferencia de prensa, dijo que el organismo autónomo a su cargo es respetuoso de la convocatoria que hizo la Diócesis para una marcha por la vida y en rechazo del aborto el miércoles con base a la libertad de expresión, pero no comparte que haya interpretaciones erróneas porque el aborto no es un derecho humano.

“Lo que realmente se discute en la Suprema Corte de Justicia tiene que ver con los derechos humanos de las mujeres. El aborto no está por despenalizarse en todo México. La Comisión Estatal de Derechos Humanos de Tlaxcala interpuso el recurso de inconstitucionalidad  porque el Código Penal quitó causales que ya estaban. Una Ley que retrocede es una Ley que atenta contra el principio de progresividad porque en lugar de dar más derechos los niega”, manifestó.

Acompañado de colaboradores suyos de la CEDH que diseñaron el acto legal ante la SCJN, Mixcoatl Antonio recalcó que los actos reclamados son con miras a proteger y en su caso evitar la violación de los derechos fundamentales de las mujeres, en concordancia con lo que dispone la Constitución Política de México y el marco internacional de derechos humanos.

El ombudsman admitió no tener cálculo de cuáles serían los efectos de las firmas que pretende recabar la Diócesis y presentar ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con el objetivo de echar atrás la acción de inconstitucionalidad de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.

 

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