• Tlaxcala
  • Lucía Pérez
Alma Karina Cuevas Fernández presentó un medio de defensa contra la resolución del juicio de control constitucional.

Debido a que desde el pasado 10 de agosto la aspirante a ombudsman, Alma Karina Cuevas Fernández, presentó un medio de defensa dentro del juicio de control constitucional que mantiene frenado el proceso de designación del nuevo titular de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), la resolución del juicio se postergó hasta que sea resuelto el mecanismo legal promovido.

En entrevista, el magistrado integrante del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE), Elías Cortés Roa, explicó que a partir de que se presentó el recurso de Cuevas Fernández deberán esperar a que se informe si fue admitido, se rechazado, o se previno,  para ver la posibilidad de continuar con el procedimiento del juicio de control constitucional.

 “Nosotros tenemos el expedientillo relativo al recurso de revocación interpuesto por varias de las autoridades señaladas como responsables así como por un tercer interesado, en ese sentido nosotros ya tenemos en estudio la resolución de este expediente, la única complicación que tenemos para emitir resolución es en contra de un auto de un acuerdo que nosotros emitimos dentro de este recurso de revocación se promovió un medio de defensa por parte de Alma Karina Cuevas Fernández en donde no se le admitieron algunas pruebas y por lo tanto está impugnado esa situación”,  expuso.

De hecho, Cortés Roa dijo que por cuestión procesal tienen que esperar que se resuelva ese recurso de revocación para poder continuar con la emisión de una sentencia.

Mencionó que ese mecanismo de defensa si alarga la resolución del recurso de revocación que tiene bajo su responsabilidad, toda vez que se refiere a pruebas y en caso de que se le conceda la razón a Alma Karina Cuevas se tendría que reponer el procedimiento para que sean desahogadas en el término que fueron ofrecidas.

“Es necesario que se resuelva primero el medio de defensa hecho valer por esta persona, los medios de defensa previstos en la ley los pueden hacer valer cualquiera de las dos partes incluso los terceros interesados, tal como en el expedientillo en el que se tiene conocimiento fue interpuesto por las autoridades señaladas como responsables”, comentó.

Mencionó que las etapas correspondientes se deberán de ir agotando, mientras tanto no se informe qué pasa con ese medio de defensa estarán a la expectativa del caso para emitir la resolución correspondiente. 

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