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  • Lucía Pérez
La Comisión Especial está presidida por el diputado, Santiago Sesín, y en 30 días deberá presentar un dictamen al Pleno.

El diputado local, Santiago Sesín Maldonado, informó que fue instalada la Comisión Especial de Diputados encargada de analizar la situación jurídica del magistrado en funciones del Tribunal Superior de Justicia en el Estado (TSJE), Ramón Rafael Rodríguez Mendoza, de esa manera en un periodo de 30 días tendrán que  presentar un dictamen al Pleno del Congreso local.

De esa manera, el proceso de análisis de la situación jurídica del magistrado en funciones se reactiva después de casi ocho meses de permanecer sin avances debido a los cambios que se registraron en la presidencia de la Comisión Especial de Diputados, así como a las correcciones al acuerdo por el cual se conformó dicha comisión.

Fue hasta el pasado 22 de septiembre cuando el Pleno del Congreso definió que el diputado local, Santiago Sesín Maldonado, estuviera al frente para avanzar con el tema del magistrado, con ello la semana pasada el legislador perredista instaló la Comisión Especial  para retomar el análisis del caso.

En entrevista al respecto, Sesín Maldonado adelantó que “una vez instalada la Comisión  tenemos 30 días para dictaminar, haremos el trabajo político necesario para que sea a la mayor brevedad la dictaminación de este tema. Por el momento,  no sabría en términos puntuales si hay algún interés político o de alguna persona o fracción”.

Eso sí, sostuvo que “el lineamiento que vamos a seguir  en esa Comisión tendrá que ser el estrictamente apegado a derecho, tenemos que analizar de manera muy puntual en esta comisión colegiada cuál es el estatus del magistrado  y tendrá que ser meramente apegado a derecho”.

 En ese tema, el Congreso refirió como argumento lo establecido en el artículo 79 de la Constitución Política del Estado de Tlaxcala, en el que se establece la edad máxima para ocupar el cargo de magistrado del Poder Judicial, el cual señala que  “Los magistrados del Tribunal Superior de Justicia durarán en el cargo seis años y podrán ser ratificados, previa evaluación en términos de lo establecido por esta Constitución. Solo podrán ser removidos de sus cargos, por el Congreso del Estado por faltas u omisiones graves en el desempeño de sus funciones; por incapacidad física o mental; por sanción impuesta en términos de la ley de responsabilidades de los servidores públicos del estado, o por haber cumplido sesenta y cinco años.”

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