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  • Lucía Pérez
Incluso se prevén de seis meses a 3 años de prisión y multa de 36 a 216 días de salario a quien cometa esa falta.

Los diputado locales aprobaron notificar al Congreso de la Unión que en Tlaxcala desde el 14 de mayo de 2013 se contempla el tipo penal de acoso sexual, que tiene como elemento primordial el asedio sexual de las personas con fines lascivos y que su regulación es acorde para proteger los bienes jurídicos tutelados consistentes en la libertad y seguridad sexual de los individuos en sus relaciones interpersonales.

El dictamen con proyecto de acuerdo fue presentado por la diputada Sandra Corona Padilla como integrantes de la  Comisión de Puntos Constitucionales Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos, quien expuso que con ello dan respuesta al punto de acuerdo D.G.P.L. 63-II-2-1389 emitido por el Congreso de la Unión respecto a la aprobación de cambios legales para tipificar al acoso sexual como delito en el Código Penal de los estados.

No obstante, los diputados de la 62 Legislatura informaron los artículos 294 y 295 del Código Penal local contienen  la descripción típica general del acoso sexual y la penalidad que su actualización amerita, además contienen una agravante consistente en que la víctima sea menor de 12 años, y en el segundo artículo  se contempla la agravante relativa a que el sujeto activo sea un servidor público y aproveche tal circunstancia al desplegar la conducta delictiva.

El artículo 294 ya establece que “a quien acose o asedie en forma reiterada a una persona con fines sexuales, a pesar de su oposición manifiesta y amenace con causarle un mal relacionado respecto a la actividad que los vincule, se le impondrá de seis meses a tres años de prisión y multa de treinta y seis a doscientos dieciséis días de salario”.

Además, la pena prevista para el delito de hostigamiento sexual, se aumentarán en dos terceras partes, cuando el sujeto pasivo del delito sea menor de doce años.

Incluso el artículo 295 establece que “Si el sujeto activo fuese servidor público y se aprovechare de esa circunstancia, además de las penas previstas en el artículo anterior, se le destituirá de su cargo”.

Con eso los diputados instruyeron a la secretaría parlamentaria que informe al Congreso de la Unión respecto al contenido del acuerdo  e informe sobre la tipificación del acoso sexual en el código local. 

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