Derivado de ello, la Comisión determinó no aprobar las propuestas de dichos municipios, aplicando lo dispuesto en el artículo 94 de la citada Ley, que establece la vigencia de las Tablas de Valores del año anterior en caso de incumplimiento, y faculta al Congreso del Estado para determinar la actualización correspondiente, garantizando que las disposiciones fiscales se ajusten a los principios de certeza jurídica y equidad tributaria, en beneficio de las y los tlaxcaltecas.