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Procedente una de las dos intenciones de postulación para candidatos independientes en Tlaxcala

Este lunes, la Junta Distrital 02 del Instituto Nacional Electoral (INE) en Tlaxcala, notificó a Alfonso Cano Velasco, la no procedencia de su intención de postularse como candidato independiente a Diputado Federal por el principio de mayoría relativa; mientras que la Junta Distrital 03 entregó la constancia de procedencia a Daniel Romero López.

Tal y como lo establece el Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) mediante el cual se aprobaron los criterios, estatutos y la convocatoria para el registro de candidatas y candidatos independientes a alguna diputación por el principio de mayoría relativa para el Proceso Electoral Federal 2014-2015, tras el análisis de la documentación e información presentada por quienes pretendían buscar una candidatura independiente, este 29 de diciembre se hizo entrega de las constancias correspondientes.

En el caso del distrito 02, la razón de la improcedencia de la intención para postularse como candidato independiente de Alfonso Cano, fue que el aspirante no presentó la copia certificada del Acta Constitutiva de la Asociación Civil, misma que debía integrarla, por lo menos él, su representante legal y el encargado de la administración de los recursos de la candidatura independiente, así como sus estatutos.

En cambio, en la Junta Distrital 03 se entregó hoy la constancia que acredita a Daniel Romero López como aspirante a ser postulado como candidato ciudadano a la diputación federal, por el principio de mayoría relativa en esa demarcación.

A partir de mañana y hasta el 27 de febrero de 2015, el ciudadano Daniel Romero López, podrá realizar actos tendentes a recabar el porcentaje de apoyo requerido por la Ley, a través de medios diversos a la radio y televisión, ya que deberá reunir al menos la firma de respaldo del dos por ciento de ciudadanos que integran la Lista Nominal de ese distrito.

Cabe señalar que los actos tendientes a recabar el respaldo ciudadano, se financiarán con recursos privados de origen lícito y que no deben rebasar los 112,037.36 pesos, para no perder el derecho a su registro.

Posteriormente, entre el 22 y 29 de marzo, el ahora aspirante a una candidatura independiente, deberá presentar ante el Consejo Distrital del INE, la solicitud de registro de su candidatura, la documentación de apoyo ciudadano y el resto de la documentación que establece la convocatoria para ser postulado como candidato independiente.