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  • Lucía Pérez
La conclusión del cargo de magistrado tiene como base la causa de retiro forzoso relativa a haber cumplido 65 años de edad.

Por mayoría de votos y en sesión ordinaria, los integrantes del Congreso del Estado determinaron no ratificar en el cargo de magistrado del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE) a Francisco Flores Olayo, al tomar en cuenta que incumple con los requisitos legales para desempeñarse como tal debido a que rebasa los 65 años de edad.

En sesión de pleno, la Comisión Especial de Diputados para analizar la situación jurídica del magistrado en funciones, presidida por el diputado del PRI, Salvador Cote Pérez, presentó el dictamen en el cual se determinó la no ratificación del magistrado y la autorización para que se le otorgue un haber de retiro por el trabajo que realizó al interior del Poder Judicial local.

Los integrantes de  la Comisión Especial, fundaron la determinación en el  último párrafo del artículo 79 de la Constitución Política del Estado de Tlaxcala en el que  establece que los magistrados del TJSE “durarán en el cargo 6 años y podrán ser ratificados, previa evaluación en términos de lo establecido por esta Constitución. Elegirán de entre ellos a un presidente que durará en su encargo dos años y podrá ser reelecto por una sola vez”.

También la carta magna establece que los magistrados “solo podrán ser removidos de sus cargos, por el Congreso del Estado por faltas u omisiones graves en el desempeño de sus funciones; por incapacidad física o mental; por sanción impuesta en términos de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado, o por haber cumplido 65 años de edad”.

En ese sentido, el Congreso determinó la conclusión del nombramiento del magistrado del TSJE y aprobó el otorgamiento de un haber de retiro por el término improrrogable de tres años tomando como parámetro el salario y demás prestaciones percibidas con motivo del ejercicio del cargo que está por concluir.

Dicho haber de retiro será pagado en tres partes, en la primera será pagado el 70 por ciento de la remuneración y prestaciones que percibía como magistrado, en el segundo año el 60 por ciento, y en el tercer año el 50 por ciento, para ello el TSJE deberá realizar las acciones pertinentes para garantizar ese pago.

Sostuvieron que con la evaluación de la situación jurídica del magistrado en funciones, los integrantes de la LXI Legislatura con la decisión de no ratificarlo para otro periodo se estén  violando de sus derechos y garantías fundamentales, toda vez que por motivos de la edad prevista en la ley debe ser removido del cargo.

 

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