• Educación
  • Pedro Morales
Una empresa se queja porque la Universidad no le entregó un equipo que financió

Elvan de México presenta denuncia penal en contra del rector de la UPTax, Narciso Xicohténcatl Rojas  y los profesores Juan Gabriel Porras Cruz, Rafael Palomino González y Víctor Hugo Cabrera Peláez, acusados por el delito de Fraude Genérico.

El Corporativo Elvan de México, S.A. de C.V. es una empresa dedicada a la fabricación de dispositivos médicos, establecida en Tlaxcala, quién contrato a la UPTLAX para desarrollar un Monitor de Signos Vitales pagando mediante cheque No. 12972238 $3’124,680.00, amparando el importe con la Factura No. 160

Los entregables que integraban el desarrollo del Monitor contemplaban lo siguiente:

2 Componentes prototipo de ECG

2 Componentes prototipo de medición de frecuencia cardiaca y de pulso.

2 Componentes prototipo de medición de frecuencia respiratoria.

2 Componentes prototipo de medición de temperatura corporal.

2 Componentes prototipo de medición de saturación funcional de oxigeno arterial.

2 Componentes prototipo de medición de presión arterial no invasiva.

2 Prototipos funcionales de capnografo

2 Prototipos funcionales de potencia de batería.

Planos y prototipo de diseño estructural de la Carcasa (2 carcasas).

Informe descriptivo del desarrollo del monitor.

Reporte Técnico.

2 Monitores prototipo completamente funcionales.

La empresa debía recibir los 2 Monitores funcionales el 31 de diciembre de 2013.

Elvan de México presenta denuncia penal en contra del Rector y los profesores Juan Gabriel Porras Cruz, Rafael Palomino González y Víctor Hugo Cabrera Peláez, acusados por el delito de Fraude Genérico.

Se decide realizar una demanda Penal debido a que fuimos engañados

Con fecha 25 de febrero se firman con la UPTLAX la carta donde se manifiesta el interés de participar en el proyecto de Desarrollo de un Monitor de Signos Vitales y nuestra empresa, en el cual se anexa el documento de Competencias y Capacidades, en dicho documento se comprobaba que efectivamente podían realizar el Monitor de Signos Vitales.

Posteriormente, se firman el convenio de vinculación y el Anexo A en el cual se detalla todo el proyecto.

El Rector fue detenido por agentes ministeriales por un solo día, el cual garantizó su libertad provisional bajo caución con el bien inmueble identificado como Lote tres, Número oficial tres de la calle del Convento, Fraccionamiento Residencial San Francisco, ubicado en la Localidad de San Gabriel Cuauhtla, Municipio de Tlaxcala, valuado en la cantidad de once millones de pesos. Posteriormente el Lic. Luis Alberto Lima Hernández, Juez Primero de lo Penal del Distrito Judicial de Guridi y Alcocer emite el Auto de Libertad por falta de elementos para procesar.

La liberación del rector tuvo serias irregularidades tales como:

1.- Haber reunido toda la documentación para la fianza en unas horas.

2.- La obtención de un Certificado de libertad de gravamen en pocas horas.

3.- El juez acepta un Avalúo apócrifo, ya que no es firmado por un perito y no lleva el dictamen técnico de la propiedad con un valor de Once Millones de Pesos.

4.- El juez admitió una propiedad con escritura de terreno.

5.- No se verifica la existencia de la propiedad, ni se incluye un plano de localización.

6.- El rector debía garantizar su libertad bajo fianza con una propiedad que garantizara 3 veces el monto de lo demandado, es decir $9’374,040.00

7.- La escritura de la propiedad que presenta tiene un valor de compra de $30,000.00, sin embargo el juez acepta esta documentación y otorga la liberación.

La empresa interpuso Recurso de Apelación en contra del Auto de Libertad, el cual fue turnado a la Presidenta de la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia, Lic. Rebeca Xicohtencatl Corona, asignando la Toca Penal 115/2016-1.

Tags: