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  • Roberto Nava Briones
Buscan abatir problemática en espacios y servicios comunes en condominios, unidades habitacionales y fraccionamientos.

Después de que el diputado local Albino Mendieta Lira presentó la Ley que regula en régimen de propiedad en condominio de bienes inmuebles del Estado de Tlaxcala, permitirá además a quienes habitan en unidades habitacionales, condominios y fraccionamientos, tener un control de los espacios y servicios comunes ya que representaban una problemática para los avecindados

En la iniciativa que presentó el Legislador en días pasados, resaltó que; “los condominios actualmente se presentan ante el ciudadano como una excelente opción por las características propias de la edificación ya que ocupan menos espacios físicos y brindan a la población una opción concreta de vivienda en zonas de alta ocupación habitacional”.

Sin embargo precisó que; “…actualmente existe una marcada problemática en los espacios y servicios comunes de los fraccionamientos, unidades habitacionales y condominios, ya que existiendo cargas y responsabilidades muchas veces estas son descuidadas por desconocimiento, de forma involuntaria, o en otras ocasiones conscientemente por parte de los habitantes de estos condominios perjudicando la buen marcha de los servicios y el mantenimiento de espacios comunes, en detrimento de la calidad de vida y el patrimonio de los demás ocupantes”.

Por lo anterior, justificó actualizar la Legislación en ese rubro ya que; “es evidente e indispensable que contemos con una Legislación específica en el Estado en esta materia, razón por la que la presente iniciativa contempla la creación de la Ley que regula en régimen de propiedad en condominio de bienes inmuebles del Estado de Tlaxcala”.

La referida Ley se encuentra constituido por cinco títulos, de entre los cuales el titulo primero en su capítulo único, se refiere a las disposiciones generales de la Ley, mientras que el segundo título establece el régimen de propiedad en condominio dividido en siete capítulos en los que se establecen la constitución modalidades y extinción.

Para el caso del título tercero, contempla lo concerniente a los condominios; asimismo se prevé la integración de cinco capítulos que refieren sobre las asambleas, sus facultades, tipo de organización y de su administración 

Mientras que el título cuarto hace referencia a las controversias y sustanciación integrada por tres capítulos, entre los que encontramos del procedimiento de arbitraje, dela mediación y conciliación y de las sanciones y medios de defensa y un último título quinto contempla lo denominado de la cultura condominal.

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