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“Corresponsabilidad en el Transporte” denuncia un marco Legislativo anticuado que se presta a anomalías que paga el consumidor

Como consecuencia de un marco Legislativo carente de reglamentación en lo que corresponde a regular el uso de grúas en el estado, la Asociación Civil “Corresponsabilidad en el Transporte” a través de su presidente, Arturo Balderas Moyano dio a conocer que incursionará en la entidad así como lo ha realiza en otras más ante un marco Legislativo anticuado que deja en estado de indefensión a quienes por diversas causas tiene que hacer uso de este servicio.

Balderas Moyano fue muy enfático en el marco regulatorio de las grúas en lo que se refiere a la carencias que existen en la entidad, ya que las unidades que ofrecen este servicio en el ámbito federal cuentan con la reglamentación que pide la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) para operar, no obstante, pese a esto tienen importantes irregularidades, por lo que en lo que corresponde al estado la situación es aún peor.

Y es que la legislación en este sentido está muy limitada lo que permite que al interior de dependencias y en municipios los vacíos en la ley puedan ser ocupados por empresas para que en un presunto contubernio con funcionarios de nivel estatal y municipal hagan cobros indebidos e inmovilizaciones a su voluntad, afectando los bolsillos de los “usuarios forzados” pero más que nada poniendo en riesgo a la misma ciudadanía.

Es por esto que “Corresponsabilidad en el Transporte” presentará propuestas tanto al Poder Legislativo como a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes del Estado (SECTE) para mejorar el servicio y evitar los constantes abusos en consecuencia de las lagunas existentes en materia de derecho.

Ante esta situación presentarán las siguientes propuestas: Que se clasifique al servicio de arrastre, salvamento y depósito de vehículos en la categoría de permisos; que corresponda a la Secretaría de Finanzas (SEFIN), la responsable del cobro del pago de derechos para la obtención del permiso correspondiente.

Así como a través de la SEFIN y de SECTE se determine de manera anual la tarifa que habrá de regir a quienes prestan el arrastre, salvamento y depósito de vehículos, además de que se pretende establecer la obligatoriedad de elaborar una memoria descriptiva.

Una situación que es de vital importancia y que se incluirá dentro de las propuestas para el Legislativo es que los vehículos, así como los equipos no deberán exceder los tres años de antigüedad cuando realicen su primer emplacamiento y una vez que se realice no podrán tener más de 15 años.

Otro aspecto fundamental es que la circulación de un vehículo tipo grúa fabricado o importado para su comercialización en México que se destinen al servicio de arrastre y/o salvamento de vehículos, el fabricante o importador debe contar con una constancia por la cual da cumplimiento a los requerimientos de seguridad que la SECTE establezca y donde se indiquen especificaciones del vehículo como marca, año/modelo, así como número de serie y que la unidad cumpla con las especificaciones técnicas y métodos de prueba.

 

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