• Congreso
  • Lucía Pérez
Ahora los partidos políticos podrán conservar su registro con el equivalente al 0.26 por ciento del padrón utilizado en la última elección

Con 27 votos a favor y cero en contra, este día los integrantes del Congreso del estado aprobaron la creación de la Ley General de Partidos Políticos, con la que se regirá lo concerniente al procedimiento para que los institutos políticos soliciten su registro con el 0.26 por ciento del padrón, así como las reglas para la elección de sus dirigentes, el procedimiento de elección de candidatos y precampañas.

La iniciativa fue presentada por las Comisiones Unidas de Asuntos Electorales y de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos del Congreso del estado, en la cual para conformar la normatividad a expedir, la diputada Eréndira Jiménez Montiel planteó 150 artículos, en tanto que los colegisladores del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional (PAN), en esta Legislatura, sugirieron la implementación de 151 numerales.

Dicho reglamento, entre otras cosas, contempla regir lo concerniente al procedimiento para solicitar el registro de un partido político estatal, precisándose los pasos a seguir para ello, cambiando eso sí, los requisitos mínimos de militantes, cuyo número debe ser ahora el equivalente al 0.26 por ciento del padrón utilizado en la última elección.

Igualmente, se deberá precisar los derechos, obligaciones, prerrogativas y prohibiciones de los partidos políticos, así como el régimen de frentes, fusiones y coaliciones, el régimen de financiamiento público, el régimen interno de los partidos, en cuanto a derechos de los militantes, elección de dirigentes y candidatos, precampañas y justicia intrapartidaria, obligaciones en materia de transparencia y acceso a la información y, del mismo modo, con las nuevas atribuciones otorgadas al Instituto Nacional Electoral (INE) se modifica y se detalla el régimen de fiscalización a partidos y candidatos, así como su régimen financiero y sistemas de contabilidad. Con el propósito de que exista la mayor claridad posible en el manejo del financiamiento público y privado y prevenir ilícitos e ilegalidades.

Respecto al financiamiento público, con la base de 65 por ciento del salario multiplicado por el número de ciudadanos empadronados, así como cantidades equivalentes al 50 por ciento para gasto de campañas cuando se elija gobernador, diputados y ayuntamientos y 30 por ciento cuando solo se elija diputados y ayuntamientos o solo una de estas elecciones.

Tags: