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  • Roberto Nava Briones
Porcentaje del tres por ciento sigue siendo obligatorio para quienes aspiren a ser candidatos independientes par algún puesto de elección.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) negó al pre candidato Independiente a la Gubernatura Jorge Moreno Durán disminuir el porcentaje del tres al uno por ciento, que tiene que ver con el respaldo total de ciudadanos inscritos en la lista nominal a candidatos independientes, situación que no fructificó debido a que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no lo ha declarado inconstitucional.

Fue la magistrada María del Carmen Alanis Figueroa, quien propuso al Pleno declarar infundado el agravio sobre el requisito que establece un 3 por ciento de respaldo ciudadano para ser candidato independiente, por ser conforme al criterio sustentado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en el que estableció que las Legislaturas de las entidades federativas cuentan con libertad configurativa para establecer tanto la forma como se debe acreditar el apoyo ciudadano, como las cifras suficientes con que se debe demostrar dicho apoyo.

Sin embargo, Alanis Figueroa emitió un voto razonado en virtud de que para ella 3 por ciento de respaldo ciudadano solicitado es contrario a los estándares internacionales que establecen que 1 por ciento del respaldo ciudadano es suficiente para cumplir con ese requisito.

Además, en la sesión del pasado miércoles el TEPJF declaró inconstitucional que sean publicados los nombres de ciudadanos que apoyen a los aspirantes a candidaturas independientes, el cual fue aprobado por el Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE).

Los Magistrados del TEPJF declararon que de acuerdo al expediente SUP-JDC-1/2016 es “desproporcionado e irracional” que el ITE haya determinado publicar los nombres de los ciudadanos, toda vez que ya existen tesis jurisprudenciales emitidas por el propio Tribunal señalando que tal acción es inconstitucional.

La resolución del pasado miércoles, fue consecuencia del juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, el cual fue presentado por el aspirante a candidato a la gubernatura Jorge Moreno Durán, lo que representa el primer revés que el órgano electoral local sufre, tras excederse en la aprobación del reglamento.

El TEPJF declaró fundada la indebida publicidad de los nombres contenidos en el listado de respaldo, en razón de que lo previsto en el ordenamiento jurídico secundario vulnera el principio de subordinación jerárquica, porque excede lo establecido en el artículo 299 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales de Tlaxcala (Lipet).

 

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