• Tlaxcala
  • Adolfo Tenahua Ramos
El juicio, marcado por denuncias de torturas, detenciones ilegales y órdenes de aprehensión contra agentes involucrados en las capturas, ha sido objeto de controversia por el uso reiterado de evidencias ilícitas.

Jorge Hernández Mora, Sergio Rodríguez Rosas y Mario Ricardo Antonio Almanza Cerriteño llevan 22 años en la cárcel tras enfrentar un interminable juicio por secuestro que se ve ahora amenazado de prolongarse aún más. El proceso judicial se complica debido a que un juez local de Tlaxcala ha empleado pruebas ilegales para sostener la acusación.

El juicio, marcado por denuncias de torturas, detenciones ilegales y órdenes de aprehensión contra agentes involucrados en las capturas, ha sido objeto de controversia por el uso reiterado de evidencias ilícitas.

Hace pocas semanas, los tres detenidos tenían la expectativa de obtener su libertad, ya que los tribunales federales habían anulado las pruebas clave en su contra y se ordenó el traslado del caso del fuero federal al común para resolver el futuro del proceso.

Sin embargo, el pasado 14 de mayo, el juez José Eduardo Morales Sánchez—integrante del Sistema Tradicional Penal de Apizaco,  especializado en la Administración de Justicia para Adolescentes—dictó la formal prisión por el delito de secuestro.

De acuerdo con los antecedentes judiciales, el fallo de Morales Sánchez se fundamentó en una sentencia del Tercer Tribunal Colegiado Penal en la Ciudad de México, que, tras más de dos décadas, determinó que el caso debía ser resuelto en el fuero común y que le correspondía a un juez de Tlaxcala decidir sobre la continuidad del juicio. Sin embargo, al recibir el expediente, el juzgador utilizó pruebas que ya habían sido eliminadas por los tribunales federales, entre las cuales se destacan:

Los testimonios rendidos el 13 y 15 de agosto de 2002 por Rafael Armas Luna e Irma Rugerio Pérez, las víctimas de secuestro, en los que identifican a los acusados.

Las declaraciones ministeriales de Cirilo Rugerio Terán, padre de una de las víctimas, en las que se señala a Hernández Mora como supuesto receptor del pago del rescate.

Un dictamen pericial en materia de criminalística, fonología y fonética del 23 de julio de 2002, que identificaba la voz de dos de los acusados.

Estas evidencias fueron anuladas en 2017 por el entonces Cuarto Tribunal Unitario Penal en la Ciudad de México, al considerarse que se obtuvieron de manera ilícita, vulnerando el derecho humano a ser puesto a disposición sin demora.

 

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