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Pretendía vender tarántula rodillas rojas y tortugas jicoteraenlistadas en la NOM-059-SEMARNAT-2010

+Pena de hasta nueve años de prisión y hasta tres mil días multa por trasgredir el artículo 420 del Código Penal Federal

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) puso a disposición del Ministerio Público Federal a una persona que pretendía comercializar de manera ilegal, una tarántula de rodillas rojas, dos tortugas jicoteras y dos pejelagartos (lepisosteidae) en el municipio de Tlaxcala, Tlaxcala.

    El Delegado de la dependencia Federal el Abogado Jesús Emmanuel Romero Escobedo informó que en respuesta a una denuncia ciudadana, inspectores de la  PROFEPA en dicha entidad, realizaron un recorrido por el mercado municipal “Emilio Sánchez Piedras”, donde dieron con el presunto infractor ambiental quien no comprobó la legal procedencia de las especies de vida silvestre.

Ante ello, fue puesto a disposición de la Policía Estatal, quienes lo llevaron ante el Ministerio Público Federal. Los funcionarios de la PROFEPA señalaron que la venta de ejemplares de vida silvestre protegidas por la legislación ambiental, como los son las especies antes señaladas, constituye un delito federal.

    Cabe señalar que la NOM-059-SEMARNAT-2010 enlista entre las distintas especies protegidas, a la tarántula rodillas rojas en el estatus de Amenazada; y a las tortugas jicoteras en la categoría de Protección Especial.

Romero Escobedo manifestó que los ejemplares fueron depositados temporalmente en una Unidad de Manejo de Vida Silvestre (UMA) que cuenta con registro ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), para valorar su condición física y de salud.

Especialistas de PROFEPA, a solicitud del Ministerio Público Federal, elaborarán y presentarán el peritaje en materia de vida silvestre para brindar los elementos técnicos necesarios dentro de la averiguación previa correspondiente.

El funcionario federal, puntualizó que de acuerdo al artículo 420 del Código Penal Federal, a quien ilícitamente realice cualquier actividad con fines de tráfico, o capture, posea, transporte, acopie, introduzca al país o extraiga del mismo, algún ejemplar vida silvestre, se le impondrá una pena de hasta nueve años de prisión y hasta tres mil días multa, y que seguirán en la lucha frontal contra quienes vulneren la legislación ambiental, exhortando a la ciudadanía a denunciar.

 

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