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  • Juan Luis Cruz Pérez / La Jornada de Oriente
Ese partido enfrentará una reducción de 14.5 por ciento de sus prerrogativas mensuales por un periodo de cinco meses.

Sin ninguna modificación, la Sala Unitaria Electoral–Administrativa del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE) confirmó la sanción económica impuesta por el Instituto Electoral de Tlaxcala (IET) al Partido Revolucionario Institucional (PRI) por un monto de 418 mil 541.5 pesos, por las omisiones e irregularidades detectadas en la comprobación de sus prerrogativas de 2013.

Al acatar el fallo de la justifica federal electoral, el magistrado Elías Cortés Roa determinó ratificar la sanción que en su momento ya había impuesto al tricolor, como es la reducción de 14.5 por ciento de sus prerrogativas mensuales por un periodo de cinco meses, así como una multa de 50 días de salario mínimo, equivalente a 3 mil 188.50 pesos.

El mes pasado, los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocaron la resolución dictada en septiembre de este año por la Sala Electoral Administrativa del TSJE, en el sentido de ratificar la sanción que el Consejo General del Instituto Electoral de Tlaxcala impuso el 14 de julio al tricolor por la incorrecta comprobación de sus recursos durante el ejercicio fiscal de 2013.

En su resolución, el pleno de la Sala Superior del TEPJF ordenó al magistrado Elías Cortés Roa emitir una nueva resolución, en la que sustente la pena con los resultados que obtenga de la revisión de las carpetas que el tricolor entregó al IET correspondientes a los meses de octubre, noviembre y diciembre del año pasado, pues esos informes no fueron tomados en cuenta en su momento.

La revisión de carpetas del último trimestre de 2013 abarca la realización de las elecciones extraordinarias celebradas el 8 de diciembre de 2013.

A decir del magistrado, en su resolución emitida este martes se establece que de la revisión documental ordenada por la autoridad, se advierte que no existió ningún ánimo o dolo de ocultar información contable contenida en esas carpetas aludidas.

“Se analizó toda la documentación que ese partido hizo llegar y se determinó que no hubo dolo de ocultar información, por lo que se determinó confirmar en sus términos la sanción original que el IET impuso”, explicó.

El resolutivo establece que “esta autoridad jurisdiccional en materia electoral considera que fue acertada la individualización de la sanción impuesta al Partido Revolucionario Institucional, ya que no existen elementos suficientes para llegar al extremo de reducir al 50 por ciento de las ministraciones por financiamiento público del PRI, como erróneamente lo pretenden los inconformes, de ahí lo infundado del agravio: omisión de otorgar plazo para solventación”.

Es de citar que los integrantes de la Sala Superior del TEPJF revocaron el acuerdo emitido por la autoridad jurisdiccional local que desechó el recurso de impugnación promovido por  los partidos de la Revolución Democrática (PRD) y Alianza Ciudadana (PAC), que se inconformaron por la sanción impuesta al PRI por la presentación extemporánea y omisiones en sus estados financieros de 2013.

En la resolución de los magistrados, se dio la razón al PAC, que en su momento denunció parcialidad de parte de Cortés Roa, pues dio por cierta la información de las cuentas públicas de los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2013 del PRI, sin verificar que éstas se hubiesen presentado en tiempo y forma.

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