• Congreso
  • Reforma
La CEDH representada por el ombudsman reclamó que el Código Penal del Estado de Tlaxcala es inconstitucional.

El área jurídica del Congreso de Tlaxcala comenzó la defensa de los diputados locales que enfrentan en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) un juicio de acción de inconstitucionalidad porque con una reforma al Código Penal del Estado criminalizaron el aborto incluso cuando este se prescribe por riesgo de la salud de la madre.

Hugo Morales Alanís, director jurídico de la Cámara de Diputados, informó que recibieron la notificación del máximo Tribunal del País respecto de la acción de inconstitucionalidad 18 /2013 que promovió desde julio pasado el presidente de la Comisión Estatal de Derechos humanos (CEDH), Francisco Mixcoatl Antonio.

Además, la lista de notificaciones de trámites de controversias y acciones de constitucionalidad de la SCJN, revelan que la PGR tomó también conocimiento del caso a finales de agosto.

"El Procurador General de la República formula su pedimento en el presente asunto, designa delegados y domicilio para oír y recibir notificaciones", dice el documento del Tribunal federal que detalla el curso del expediente 18/2013.

En entrevista con el periódico Reforma, Morales Alanís aseveró que la CEDH representada por el ombudsman reclamó que el Código Penal del Estado de Tlaxcala es inconstitucional porque trasgrede preceptos de la Constitución Federal que consideran que la interrupción de un embarazo no es un delito cuando se practica en casos en los que el producto pone en riesgo la salud o la vida de la madre.

En este sentido, explicó que los diputados de la entidad establecieron en el Código que el aborto será excluyente de culpa solo cuando sea prescrito porque la madre está en peligro de muerte, no cuando esté en riesgo su salud.

"Y cuál es la diferencia, pues que al nacer el infante pudiera morir la madre, en riesgo de salud quiere decir que como consecuencia del embarazo mismo o del nacimiento, la madre pudiera tener lesiones serias, por ejemplo un daño en la columna, entonces podría abortar pero con la reforma (al código) no, porque hay problemas de salud pero no de vida, entonces da la impresión de que restringen a la mujer el derecho de abortar cuando está en riesgo su salud", precisó.

Aunado a ello, señaló que los diputados "pusieron" que para la práctica de un aborto previsto en la ley, tendrá que ser un ministerio público el que lo autorice.

"La mujer solo podrá abortar legalmente cuando está en peligro de morir, pero si está en peligro de morir de dónde van a alcanzar al ministerio público para que venga a dar su consentimiento previo antes del aborto", apuntó.

El funcionario reconoció que lo anterior vulnera los derechos de la mujer, pero el Congreso local tuvo que responder que el Código Penal para el Estado de Tlaxcala "estuvo bien" y "que no es inconstitucional".

"Probablemente si hay una restricción a los derechos de la mujer en mi personal punto de vista, aunque defendemos el punto de vista del Congreso, no es mi opinión si no la del Congreso", soltó Morales Alanís.

Tags: